Vicenta Marquez de la Plata

Mujeres e Inquisición


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pp. 187-196.

      Ms. 354. Folios 248-269 vto. Biblioteca Nacional de Francia. Proçesso a Madalena de la Cruz Sacosse este proceso de uno que tenía el licenciado Copones, Yinquisdor de la Sta. Ynquisicion. Rressidente en Sevilla.

      María de San Gerónimo (15815-1596).

      Religiosa6. Apóstata, hereje y sacrílega

      La Inquisición actuaba de varias maneras: una de ella era la llegada de los Inquisidores a una localidad, fuese ciudad, villa o lugarejo, tras su llegada al sitio en un discurso público se conminaba a todos aquellos que se sentían culpables de herejía a presentarse espontáneamente a los inquisidores dentro de quince días o un mes, que era el tempus gratiae, también conocido como tempus indulgentiae. Un mes durante el cual se esperaba que los así llamados se presentasen voluntariamente.

      Todo el que se confesaba culpable sin que otro supiese antes de su herejía se salvaba con una penitencia muy ligera y secreta. El que ya era conocido como herético y se presentaba espontáneamente dentro del tempus indulgentiae, recibía sólo penas eclesiásticas como la obligación de una peregrinación, ayuno, tal vez multas, pero no la cárcel o la pena de muerte.

      Tras el tempus gratiae venía la segunda fase llamada edictum fidei, que obligaba a todos a denunciar a cualquiera de los que eran conocidos como herejes o sospechoso de herejía, bastaba la mínima sospecha para que los que lo sabían tuviesen obligación de denunciar al vecino, amigo o pariente. Al delatado se le presentaba la acusación, seguía un juramento de parte del acusado de decir la verdad y el interrogatorio, la inquiestia. Del nombre inquiesta procede el apelativo de “inquisición”.

      El período de estancia de los inquisidores en un lugar podía ser de días, semanas o meses. Suponemos que mientras tanto el terror recorrería las casas. Nadie está limpio de pecado, ninguna conciencia exenta de temor.

      En todo caso durante su estancia los inquisidores podían entablar pleito contra cualquier persona sospechosa y la delación era aceptada como parte de la investigación. Si los inquisidores decidían procesar a una persona sospechosa de herejía entonces se publicaba un requerimiento judicial. Si tras haber sido llamados a declarar el mencionado individuo no se presentaba por las buenas, la policía inquisitorial buscaba a aquellos que se negaban a obedecer los requerimientos y a estos no se les concedía derecho de asilo.

      Una vez apresados, a los acusados se les leían una declaración de cargos contra ellos. Años atrás se había ocultado el nombre de los acusadores y delatores (si los hubiese), pero el papa Bonifacio VIII (1294-1303) abrogó esta práctica y desde entonces se podía comunicar a los acusados el nombre de sus acusadores, aunque parece que no siempre se hizo; por el contrario, el acusado ignoraba quién y de qué se le acusaba. Durante la inquisitio el acusado estaba obligado bajo juramento a responder de todos los cargos que existían contra ellos, convirtiéndose así en sus propios acusadores. El testimonio de dos testigos se consideraba por lo general prueba de culpabilidad.

      He aquí una persona que se acusó a sí misma presentándose ante los inquisidores mientras confesaba que tenía algún reparo de conciencia y quería descargarse de ese peso. Pasemos a estudiar la vida y proceso de María de San Gerónimo, religiosa del convento de la Penitencia de Madrid.

      María de San Gerónimo se presentó a sí misma a la Inquisición cuando el tribunal se hizo presente en la villa y anunció que estaba dispuesto a escuchar a los que se arrepintiesen y se acusasen a sí mismos de herejía o similar. En ese momento ella era monja en el convento de la Penitencia de Madrid y al llegar el Inquisición a su ciudad ella ruega al confesor de su convento, el licenciado Zapata (Çapata), que le ponga en contacto con el Tribunal para descargar su conciencia.

      El documento que relata la historia inquisitorial de la monja que está custodiado en el Archivo Histórico Nacional (Inquisición, 110, exp 5, legajo 12) comienza así:

      Gerónimo, María de San. Monja en el Convento de la Penitencia de Madrid, que en el siglo (fuera del convento) se llamaba Villanueva, María. De padres desconocidos, que al nacer la hecharon (sic) a las puertas del palacio de la emperatriz Mujer de Maximiliano7, estando en Cigales y la crio en Valladolid doña Beatriz de Vivero hermana del doctor Cazalla e asistió a los conventículos que Cazalla y demás luteranas de Valladolid tenían, y queda imbuida en sus errores y después de una vida muy relajada y de costumbres lúbricas, habiendo apostatado de la Ffe, sentró en dicho convento y últimamente confesó con sinceridad y dolor todos sus delitos, dolores y abominaciones, y fue absuelta y reincorporada al gremio de la Iglesia imponiéndole algunas penitencias espirituales de ayunos y oraciones durante un año.

      Tras este resumen viene el legajo con la historia de María Villanueva, o Sor María de San Gerónimo, en donde consta la relación de su vida y avatares hecha por ella misma y las “inquisiciones”, preguntas y respuestas, de que consta el historial de esta penitenciada. Los hechos de los acusados tienen el nombre de méritos. De estos méritos dependerá la sentencia.

      En cuanto a sus orígenes y genealogía ella misma contesta a los inquisidores que toman nota escrita y puntual de todo lo que manifiesta el acusado o la acusada, en este caso manifiesta ser hija natural de padres desconocidos:

      …dijo que no sabe el nombre de su padre de pequeña la oyo decir que su madre era doña Beatriz de Viveros y que ella no lo sabe de cierto y que la dicha Beatriz de Vivero era hermana del doctor Cazalla, y que la dicha Beatriz de Vivero la llamaba “hija” en su cassa y en cassa de su madre de la dicha doña Beatriz la qual no era cassada si no beata.

      Preguntada quienes eran los padres de la dicha Beatriz de Vivero y como se llamaron = dijo que su madre se llamaba doña Leonor de Vivero y que a su padre no lo había conocido ni sabía cómo se llamaba.

      Preguntada, dijo que la dicha doña Beatriz de Vivero tuvo por hermanos los siguientes:

      El doctor Cazalla

      Pedro de Cazalla, cura de Pedrocha

      Francisco de Vivero, clérigo

      Doña Constanza Vivero mujer del Contador Hernando Ortiz

       Doña Leonor de vivero, monja de Santa Clara Doña Juana de Vivero viuda que hera (sic) y que no sabe cómo se decía su marido. 8

      LOS CAZALLA9

      Llegados aquí debemos hacer un inciso y dar la importancia que merece el dato de que “Beatriz de Vivero, su madre (adoptiva)” fuese “hermana del doctor Cazalla”.

      El llamado doctor Cazalla, era Agustín de Cazalla, había nacido en Valladolid alrededor de 1510, era hijo de Pedro de Cazalla, contador real, y de Leonor de Vivero. Hombre piadoso y de inteligencia Agustín comenzó sus estudios en San Pablo, bajo la atenta mirada y la tutoría de su confesor don Bartolomé de Miranda. En 1531 recibió su grado de Bachiller y hasta 1536 permaneció en Alcalá. Era clérigo de palabra fácil y convincente y su fama de predicador se extendió de modo que en 1542 el mismo Emperador le llamó a junto a sí para que fuese predicador en su Corte.

      Con la Corte del César pasó a Alemania, lugar en que vivió nueve años. Fue seguramente allí en donde entró en contacto con las doctrinas luteranas y aunque al principio se significó por combatir las ideas heréticas, tras conocerlas mejor y meditar sobre ellas empezó a simpatizar con las ideas de Lutero pues para mejor combatirlas se dedicó a estudiar con ahínco y profundidad sus tesis y proposiciones y al parecer el conocimiento de estas hizo mella en su ánimo.

      Tras su estancia en Alemania volvió a España y fue enviado a Salamanca en donde permaneció como canónigo de su catedral desde 1552 a 1556; en este tiempo formó parte de la comisión que presidía Antonio de Fonseca para estudiar los Breves de Su Santidad sobre el Concilio de Trento, el cual trataba de dilucidar las verdades de la fe que eran de obligado cumplimiento para la grey católica.

      En 1556