Juan González Jiménez

Procesos de corte y preparación de bordes. FMEC0210


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       Riesgo laboral

      Posibilidad de que un trabajador tenga un daño derivado del trabajo que realiza. Estos daños pueden ser enfermedades, patologías o lesiones.

       Normativa

      Conjunto de normas aplicables a una materia o actividad, de obligado cumplimiento.

      El peligro relacionado con el corte metálico viene principalmente de la energía por la cual se realiza la operación: la energía calorífica. Esta energía será la culpable de provocar situaciones que, sin las medidas de prevención oportunas ni el Equipo de Protección Individual que exige la normativa, pueden comprometer la integridad de operarios e instalaciones. Estas situaciones se detallan a continuación:

      ilst1Incendios: consecuencia de chispas y proyecciones de metales calientes que se generan durante el proceso de corte. Tanto el mobiliario como el uso que se realice de la edificación deben ser concebidos de forma que no constituyan una fuente de incendios. Se han de prever sistemas de seguridad contra el fuego, como alarmas, equipos eficaces de extinción y sistemas de detección. Además, cualquier edificación construida debe poseer diseños arquitectónicos e ingenieriles que permitan la protección de personas en caso de incendio, tales como escaleras y salidas de emergencia, materiales resistentes al fuego, etc.

      ilst1Quemaduras de operarios: los procesos de corte y mecanizado se realizan a altas temperaturas, por lo que los riesgos de quemaduras son muy importantes. Entre ellos, se encuentran:

      ilst2Quemaduras por manipulación de piezas recién cortadas o mecanizadas.

      ilst2Quemaduras en la manipulación o sustitución de determinadas piezas de las máquinas de corte.

      ilst2Quemaduras procedentes de las llamas de corte por mal encendido de la máquina o ejecución incorrecta de los trabajos.

      ilst2Riesgo de quemaduras e incendio, al trabajar con elementos altamente combustibles.

      ilst1Deslumbramientos producidos por radiaciones no deseables para el ojo humano.

      ilst1Intoxicación por inhalaciones de humos metálicos, como consecuencia de los humos y gases de los procesos de corte a alta temperatura.

      ilst1Gases combustibles, que entrañarán riesgos de explosiones e incendios.

      ilst1Proyecciones de partículas metálicas que pueden provocar lesiones en el cuerpo y, muy especialmente, en los ojos.

001-1.tif

      Proyecciones proceso de corte

iAct

      Actividades

      1.¿Qué riesgos y consecuencias derivan directamente de las proyecciones de metales calientes durante el corte?

      Por supuesto, estarán también presentes los riesgos eléctricos, derivados de la fuente de energía usada por casi la totalidad de las máquinas de corte. Los riesgos eléctricos más importantes son:

      ilst1Electrocuciones derivadas de defectos en los cableados provocados por cortes en las protecciones de los cableados.

      ilst1Derivaciones eléctricas provocadas por una inadecuada conexión a tierra de las máquinas de trabajo.

      ilst1Electrocuciones provocadas al trabajar en ambientes húmedos.

      ilst1Riesgos eléctricos generados por mala situación de instalaciones y conexiones eléctricas.

      Han de destacarse otro tipo de riesgos muy importantes: los asociados a la manipulación de materiales, ya que, durante el corte, se trabaja con materiales pesados y con filos cortantes. Los riesgos más importantes que pueden aparecer son:

      ilst1Aparición de lesiones musculares a causa de realizar una mala ejecución del posicionamiento o levantamiento manual de carga.

      ilst1Lesiones asociadas a cortes provocadas por filos vivos.

      ilst1Posibles lesiones por el transporte de materiales horizontalmente o a distinto nivel.

      ilst1Cortes producidos en la manipulación de deshecho de corte o mecanizado.

      A estos riesgos específicos, habrán de añadirse otros riesgos menos evidentes, pero de igual importancia, como el ruido producido en el corte o riesgos ligados a cualquier obra, tales como tropiezos con el cableado, riesgo por trabajo en lugar cerrado y, a veces, trabajo en altura.

      La legislación aplicable en Prevención de Riesgos Laborales para el proceso de corte de chapas y perfiles metálicos queda encuadrada dentro de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, y el Real Decreto 773/1997, 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de Equipos de Protección Individual. En concreto, el artículo 6 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales encarga a las normas de desarrollo el poder concretar las medidas de protección de los trabajadores.

      Las dos normas citadas anteriormente son relativas a Prevención de Riesgos Laborales de forma general a cualquier industria. En relación al proceso de corte de chapas y, más concretamente, al riesgo de incendios, destaca especialmente el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios contenido en el Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre. Por último, cabe señalar el Real Decreto 487/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañen riesgos.

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      Guía-resumen de la Ley 31/1995 PRL

      Existen unas normas de actuación de aplicación imprescindibles a la hora de trabajar cualquier operación de corte metálico:

      ilst1Utilizar protecciones oculares para evitar el daño que pueden provocar radiaciones de los procesos de corte.

      ilst1Revisión de los elementos de protección y seguridad de