Francisco Javier Manzano García

Ejecución de fábricas a cara vista. EOCB0108


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en la ejecución de los trabajos, etc., ya que su correcto seguimiento nos asegura la consecución de los objetivos pretendidos de calidad y duración.

      La correcta interpretación de los pliegos de prescripciones técnicas y de la normativa de obligado cumplimiento vigente es una tarea fundamental para la realización de una fábrica a cara vista, y el instrumento del que disponemos para certificar nuestros trabajos.

      El proyecto de construcción es el documento de partida en la ejecución de una edificación. Ha de diferenciarse entre proyecto básico y proyecto de ejecución. En el primero, se establecen los rasgos generales de la nueva edificación en cuanto a superficies, volúmenes, aspecto exterior, distancias a otras edificaciones, etc., y sirve para la tramitación de la pertinente licencia de obras, mientras que el proyecto de ejecución ha de establecer todas las pautas que son necesarias realizar para el correcto levantamiento de la edificación.

      2.1. Documentos indispensables

      Dentro del proyecto de ejecución, como en todos los tipos de proyectos existentes, han de incluirse cuatro documentos indispensablemente: memoria, planos, mediciones y pliego.

      1 La memoria sirve para la descripción y justificación de las soluciones adoptadas en el proyecto, incluyéndose apartados de cumplimiento de normativas específicas y de obligado cumplimiento, así como relaciones de superficies de construcción, previsiones de cargas eléctricas, trabajos a realizar, etc. En este documento también se identifican los agentes intervinientes en el proceso edificatorio como promotor y proyectista. El asunto del constructor no está aún decidido en el momento de elaboración de estos documentos.

      2 Los planos son los documentos gráficos del proyecto de construcción. Con ellos se debe situar y emplazar la edificación y definir todos y cada uno de sus alzados y plantas, estableciendo tantos como sean necesarios para su correcta ejecución. Para la realización de determinados elementos constructivos más complejos, como arcos, encuentros de ventanas, fachadas, elementos ornamentales, etc., han de realizarse planos detallados que definan perfectamente su ejecución.

      3 El documento de mediciones de un proyecto sirve para cuantificar las partidas a realizar y, de esta forma, poder valorar el conjunto de la edificación mediante la aplicación de precios unitarios a todas y cada una de las partidas definidas. La descripción de la partida a ejecutar, realizada en el apartado denominado “epígrafe”, ha de ser clara y concisa, e incluir todas las labores a realizar consideradas incluidas en la misma, así como establecer un método de cálculo para su correcta medición.

      4 Por último, el pliego de condiciones. En este documento integrante del proyecto, se hace constar las condiciones o cláusulas que se proponen para la aceptación del contrato de obra, comprendiendo cualidades técnicas de los materiales a emplear y las normas que serán observadas durante la construcción de la obra.

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      Además de estos documentos son fundamentales el presupuesto, el estudio de seguridad y salud, y el manual de mantenimiento. En el manual de mantenimiento se indican las revisiones a las que debe someterse el edificio a lo largo de su vida de servicio.

      2.2. Normas de obligado cumplimiento

      Dentro de las normas de obligado cumplimiento y observancia que se indicarán en el pliego de condiciones, se tienen que hacer especial referencia al Código Técnico de la Edificación (R. D. 314/2006). Con este documento se ha iniciado una nueva etapa en la construcción en la que la reglamentación es mucho más completa y en la que las posibilidades de cumplimiento de la misma no se limitan a lo establecido literalmente en ella. El CTE desarrolla los requisitos básicos de la Ley de Ordenación de la Edificación en forma de exigencias basadas en prestaciones, y proporciona asimismo métodos y soluciones para cumplir estas.

      La reglamentación de la edificación con el CTE es más completa, puesto que regula aspectos que anteriormente no lo estaban, como, entre otros, la protección frente a la humedad de fachadas, muros y suelos en contacto con el terreno, aspecto de gran importancia puesto que repercutirá en los criterios de elección de los materiales cerámicos para el proyecto y construcción de dichos elementos constructivos.

      Además, en este nuevo marco más abierto, las posibilidades de cumplimiento no se limitan a las establecidas literalmente en el CTE, porque, en primer lugar, el CTE establece la opción de cumplir con sus exigencias mediante el uso de lo que denomina soluciones alternativas y, en segundo lugar, habilita la posibilidad del cumplimiento mediante el uso de los documentos reconocidos.

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      1 Las soluciones alternativas son soluciones que se apartan parcial o totalmente de las descritas en los Documentos Básicos del Código Técnico de la Edificación y que el proyectista puede utilizar siempre y cuando cuente con el consentimiento del promotor y justifique adecuadamente el cumplimiento de las exigencias.

      2 Los documentos reconocidos son documentos de carácter técnico, sin carácter reglamentario, que contarán con el reconocimiento del Minis-terio de Vivienda y que podrán ser especificaciones y guías técnicas o códigos de buena práctica, o cualquier documento que facilite la aplicación del CTE, excluidos los que se refieran a un producto particular o bajo patente. Son, en definitiva, documentos de apoyo que permitirán avanzar de una forma flexible y eficiente en el objetivo de mejorar la calidad de los edificios.

      El Código Técnico de la Edificación se plantea, desde su inspiración prestacional, como un conjunto de exigencias básicas que las diferentes partes de la edificación deben cumplir de forma simultánea para, de esta forma, poder garantizar a su vez los requisitos de seguridad y habitabilidad establecidos en la Ley de Ordenación de la Edificación (Ley 38 / 1999) y que se desarrollan y definen en sus documentos básicos. Este planteamiento es totalmente vertical, es decir, el CTE se estructura según requisitos o prestaciones: protección frente a la humedad, demanda energética, protección frente al ruido, protección en caso de incendio, etc., no según elementos constructivos, que sería un enfoque más horizontal. Sin embargo, cuando se proyecta un edificio, la forma real de hacerlo es por elementos constructivos, teniendo en cuenta en cada caso las distintas prestaciones que cada elemento proporciona y debe cumplir.

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       Recuerde

      El CTE desarrolla los requisitos básicos de la Ley de Ordenación de la Edificación en forma de exigencias basadas en prestaciones, y proporciona asimismo métodos y soluciones para cumplir estas.

      Por todo esto, existen en el mercado numerosos catálogos con soluciones constructivas para el cumplimiento del CTE, proporcionando de una forma horizontal toda la información que el proyectista necesita conocer para cada uno de los distintos elementos constructivos constituyentes de la edificación. Dichos catálogos se configuran como documentos reconocidos, como herramienta fundamental en la fase de proyecto para el predimensionado de los distintos elementos, permitiendo el cumplimiento de las vigentes exigencias básicas del CTE.

      Para el cumplimiento de los requisitos de salubridad y acústica del Código Técnico de la Edificación, es esencial adoptar ciertas disposiciones constructivas junto a condiciones generales de diseño y dimensionado para cada elemento constructivo. Estas disposiciones permiten un buen diseño de los puntos singulares de los diferentes elementos constructivos constituyentes de la edificación.

      Como elementos constructivos de la edificación, se definen los enumerados a continuación:

      1 Fachadas.

      2 Particiones