Aniceto Masferrer Domingo

La eutanasia en España


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esa libertad. Y desde ahí, la sola apelación al principio de autonomía nunca podrá justificar un derecho en el que lo que se solicita es no sufrir, es la compasión, es el cuidado y acompañamiento del otro y de los mejores medios asistenciales de un Estado que se denomina Social.

      Desgraciadamente, la vigente LORE ha excluido esta perspectiva. De ahí que mi valoración al respecto no pueda ser más que negativa. Entró en vigor cuando todavía no existía el Manual de Buenas Prácticas, los servicios sanitarios no se habían adaptado para la nueva prestación y los decretos de desarrollo de las comunidades autónomas se estaban empezando a aprobar. Pero más allá de la inoportuna y precipitada entrada en vigor, la ley contiene varios defectos mayúsculos: discrimina a las personas por razón de su discapacidad, no garantiza la absoluta libertad del solicitante de la eutanasia, sacraliza las voluntades anticipadas sin dar relevancia a la voluntad del individuo en el momento presente, margina el papel de la enfermería, crea una burocracia que en realidad es muy poco garantista, y, lo más criticable, no ofrece una asistencia socio sanitaria integral al final de la vida para evitar que la verdadera razón que induzca a muchas personas a optar por la eutanasia sea la carencia de unos cuidados dignos que le animen a querer seguir viviendo sin dolor, convenientemente atendido y felizmente acompañado.

      En realidad, con la LORE se deja al enfermo y a la persona discapacitada más solo e indefenso porque, a la falta de los cuidados que necesita y el Estado no proporciona, se le muestra la alternativa: solicitar que un profesional sanitario acabe con su vida, decisión que comprensiblemente puede tomarse cuando el sistema sanitario no es capaz de remitir el dolor que padece una persona. La Ley parte de una presunta libertad, la del derecho a morir, cuando en realidad la persona que puede llegar a pedir la eutanasia no quiere morir, sino dejar de sufrir, y se ve abocado a la muerte como la única vía para acabar con su sufrimiento. Lo que la persona realmente quiere es el derecho a no sufrir. Esta es la libertad fundamental que el Estado debería garantizar, en vez de generalizar un derecho a morir. España necesita afrontar las alternativas que permitan garantizar el derecho a no sufrir. Esta es la respuesta necesaria a la situación de crítica vulnerabilidad experimentada por enfermos y personas discapacitadas. No parece que ofrecer un “derecho a morir” fácil y de bajo coste cuando apenas se han desarrollado las alternativas que permiten reducir o anular el sufrimiento, sea lo que verdaderamente necesitan las personas más vulnerables, máxime cuando esta ley les manda un mensaje erróneo: «Como vuestras sufridas vidas valen menos o son poco útiles, entendemos que queráis acabar con ellas; nosotros estamos dispuestos a llevar a cabo vuestro deseo de morir y lo financiamos sin problemas; adelante: ahí tenéis otro derecho más».

      La problemática de quienes sufren no es una cuestión fundamentalmente político-ideológica o jurídica, sino médica y asistencial, sobre todo en el marco de un Estado Social. De ahí que no se resuelva creando un supuesto derecho a morir, sino proporcionando los cuidados y las medidas asistenciales necesarias para reducir el dolor y permitir una vida digna a los enfermos y personas discapacitadas, sobre todo el marco de un Estado Social.

      REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

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      Masferrer, A. (ed.):

      Manual de ética para la vida moderna, Madrid, EDAF, 2020.

      Para una nueva cultura política, Madrid, Catarata, 2019.

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      Warwick, K., Kevin, I., Cyborg, University of Illinois Press, 2004.

      [*] De hecho, esta conocida obra de Hans Jonas, publicada para advertir de los peligros de unos desarrollos tecnológicos que podían conducir a una crisis ecológica, dejando al descubierto la vulnerabilidad de la naturaleza y la biosfera, fue el resultado de un trabajo anterior en el que demostró cómo la vulnerabilidad afecta, en realidad, a toda vida orgánica (The Phenomenon of Life, 1966).

      PARTE I.

      PERSPECTIVA ÉTICA

      1.

       SENTIDO COMÚN, HUMANIDAD Y EUTANASIA

      Aniceto Masferrer

      EL 25 DE JUNIO DE 2021 entró en vigor la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia (LORE), que proporciona ayuda médica a morir a quien lo solicite bajo determinadas circunstancias. Con esta ley, pues, se legaliza y regula el “derecho a la eutanasia” en el conjunto del territorio español. Solo seis países en todo el mundo cuentan con una ley de contenido similar: Países Bajos (2002), Bélgica (2002), Luxemburgo (2009), Colombia (2014), Canadá (2016) y Nueva Zelanda (2020). Son pocos, y entre ellos no figuran los más desarrollados como Alemania, Francia, Italia o Estados Unidos, entre otros.

      Un día antes de la aprobación de su texto definitivo (18 de diciembre de 2020) —con 198 votos a favor (PSOE, Podemos, BNG, ERC, Junts per Catalunya, Más País, Bildu, PNV, CUP, Ciudadanos), 138 en contra (PP, Vox, UPN) y dos abstenciones (CC y Teruel Existe)—, el entonces ministro de Sanidad la defendió en los siguientes términos: «Como sociedad, no podemos permanecer impasibles ante el sufrimiento intolerable que padecen muchas personas; España es una sociedad democrática lo suficientemente madura como para afrontar esta cuestión que impone sentido común y humanidad». Por su parte, la exministra de Sanidad dejó claro que, frente a esa realidad, el Estado «ni impone ni obliga», porque se atiene a la decisión autónoma del paciente.

      Formo parte de esa mayoría de la sociedad española que no acaba de entender qué sentido común y qué humanidad puede haber detrás de esta ley. Ignoro si la idea de sentido común a que aludieron estos defensores de la eutanasia era de matriz cartesiana (que consideraba la cualidad mejor repartida del mundo porque permite distinguir a todos por igual entre lo racional —o aceptable— y lo irracional —o inaceptable—), o más bien volteriana (que entendía el sentido común como el menos común de los sentidos). Aunque seguramente, sin sospecharlo, coincidiría con Einstein, para quien no es más que un conjunto de prejuicios que otros nos inculcan. Sea como fuere, es bueno interrogarse y profundizar en las propias convicciones para ver si, en efecto, son propias o más bien ajenas, es decir, inoculadas por otros sin que las hayamos sometido a espíritu crítico alguno, del mismo modo que debemos intentar entender las convicciones de los demás para poder comprenderlos y dialogar, sin caer en la descalificación de quien piensa