AAVV

Los carniceros y sus oficios


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los mercados locales. La inexistencia de una muestra bastante amplia y representativa de los precios de estos artículos obliga, sin embargo, a ser prudente a la hora de calibrar las ventajas e inconvenientes que el contrato tenía para cada una de las partes.

      La prioridad concedida a la ganadería induciría también a los propietarios de alquerías a solicitar de las autoridades correspondientes –como ya se ha expuesto– licencias de vedado y a exigir que privatizaran los comunales. Este tipo de yermos, a pesar de su retroceso gradual, tenían aún un peso considerable en la economía de la isla. La documentación bajomedieval acredita la existencia de tres clases de comunales: las quintanas, situadas en las proximidades de los núcleos urbanos, que los concejos consideraban inalienables, por la importante función social que todavía tenían; los bienes de propios, de propiedad municipal, dispersos por el término; y los baldíos reales, que pertenecían al soberano y cuya gestión, por lo tanto, a los consistorios.173

      La estructuración interna de las alquerías en pequeñas unidades cercadas, además de librar los suelos de la abundante rocalla de la isla, aportaba algunas ventajas: posibilitaba la coexistencia de las tareas agrarias y ganaderas, al proteger las sementeras de las incursiones de los rebaños; aseguraba un abonado uniforme y sin costes de los campos, permitía criar el ganado sin pastor; facilitaba la selección, ordeño y esquileo de los animales, así como la tarea de ojeo de los compradores foráneos o de sus agentes. El sistema, sin embargo, no estaba exento de inconvenientes para el propietario, dificultaba la evasión fiscal, al simplificar el recuento anual de los rebaños por los recaudadores del diezmo, y tenía un techo, el agostamiento anual de los pastos. Para superar este último hándicap y reducir los costes de producción, los ganaderos menorquines acordaron extender el derecho de pasto diurno en las explotaciones confrontantes –vigente desde la conquista feudal– a todos los yermos, barbechos y rastrojeras no vedados del término municipal, y lo prolongaron cronológicamente, incluyendo la noche. Los hatos de ovinos y vacunos pacían en las respectivas alquerías desde finales de septiembre hasta mediados de mayo, período en que los animales se reproducían, sus propietarios queseaban con la leche sobrante y realizaban el esquileo, y los agentes fiscales diezmaban los rebaños. Durante el verano, en cambio, las greyes campeaban libremente, sin pastor;174 al estar sometidas a un control bastante laxo, debían de atravesar frecuentemente los confines del municipio en que estaban matriculadas. Los rebaños dejaron de ser, pues, estrictamente estantes; se convirtieron en trasnochantes, incluso transterminantes, durante unos meses del año.

      Esta práctica exigía, como contrapartida, que todas las reses de cada ganadero estuviesen marcadas con una señal específica, que garantizara su identificación. El consistorio de Ciudadela era el organismo que concedía los distintivos para todo el ganado insular y guardaba una copia en un registro general.175 La señal consistía en una serie de pequeños cortes efectuados con unas tijeras en una de las orejas de los animales. La ampliación del derecho de pasto requirió también la creación de unos inspectores municipales de los rebaños, los batlles de les ovelles. Sus atribuciones consistían en acorralar periódicamente los rebaños del término, recoger las solicitudes de marca de los ganaderos locales, diseñarlas, comprobar que no coincidía con ninguna de las existentes y proponerlas al concejo de Ciudadela para que las aprobara. Estaba facultado también para dirimir verbalmente y en primera instancia los conflictos que se planteasen por la propiedad de las reses, identificar los animales que hubiesen penetrado en los sembrados y establecer la sanción que sus propietarios tendrían que pagar a los damnificados, recoger los hatos foráneos y reconducirlos a sus respectivas circunscripciones y finalmente estar a disposición del concejo local para todas la cuestiones relativas al ganado.176 Esta práctica ganadera, que los observadores externos consideraban poco racional, por no permitir un control sistemático de los rebaños y facilitar la pérdida de parte de las mieses, estaría en vigor hasta mediados del siglo XIX, puesto que los campesinos menorquines continuarían considerando que, a pesar de sus inconvenientes, minimizaba esfuerzos y costes.177

      De los enfrentamientos de banderías a la guerra civil

      Esta dinámica de las estructuras agropecuarias se produjo en un contexto social y político complejo. A partir de la segunda década de la centuria, la economía y la población menorquina entraron en una fase recesiva, debido a la interacción de una serie de causas generales y específicas. Entre los factores genéricos, que afectaron coetáneamente al conjunto de la Corona de Aragón, destaca la reaparición intermitente de enfermedades infecciosas y de las crisis de subsistencia. Alfonso el Magnánimo, para frenar el proceso de despoblación y garantizar la defensa de la isla, concedió, en enero de 1427, un salvoconducto general a todas las personas que se instalasen en ella; estas no podrían ser perseguidas por ningún tipo de delito, excepto los de lesa majestad y falsificación de moneda, y solo estarían obligadas a devolver las deudas derivadas de censos, violarios, comandas y cambios.178 Si la primera oleada de pobladores feudales la había integrado, según el cronista Ramón Muntaner, «buena gente catalana»,179 en la segunda preponderaron los delincuentes y los marginados sociales. Las medidas reales solo consiguieron atenuar la tendencia demográfica, no revertirla: en 1459, la isla contaba con 703 fuegos fiscales,180 que equivalían aproximadamente a 3.165 habitantes, un 27% menos que en 1336.

      Otro de los principales factores exógenos que contribuyeron a desestabilizar la economía menorquina fue el aumento de la presión fiscal. Para poder atender los subsidios económicos que exigía reiteradamente el soberano, los concejos menorquines, desde mediados del siglo XIV, habían tenido que endeudarse, vender censales y violarios,181 el pago de cuyas pensiones desestabilizaban sus presupuestos y les impedían efectuar una asignación equilibrada de los recursos disponibles.182 Las emisiones de deuda pública, por otra parte, fueron adquiridas casi íntegramente por ciudadanos de Mallorca y de Barcelona, los cuales, para preservar la rentabilidad de sus inversiones, no dudaban en mediatizar la gestión de los consistorios menorquines. Durante el segundo tercio del siglo XV, coincidiendo con la costosa campaña de la conquista de Nápoles y la agresiva política exterior de Alfonso el Magnánimo en los Balcanes, los municipios menorquines, incapaces de afrontar sus obligaciones financieras, tuvieron que negociar algunos acuerdos con los censalistas foráneos. La serie se inicia, en 1439, con la sentencia arbitral del gobernador Galceran de Requesens,183 y continúa con las concordias de 1458, 1460 y 1462,184 cada una de las cuales incluía una reducción de la pensión de los censos. Su reiteración evidencia, sin embargo, la dificultad de deudores y acreedores para encontrar una solución efectiva a un problema que, en vez de reducirse, se incrementaba con el paso de los años.

      La distribución de la carga fiscal era competencia de los consistorios, una facultad que incrementaba el enfrentamiento entre los diversos estamentos sociales por la elección de los cargos185 y estimulaba la ambición política de los poderosos. La aspiración al poder municipal reforzaría las banderías que, desde mediados del siglo XIV, ya sacudían transitoriamente la sociedad menorquina.186 En 1451, coincidiendo con el levantamiento dels forans (campesinos) mallorquines, la tensión desembocó en una auténtica guerra entre dos facciones, encabezadas por las familias Parets y Cintes,187 perteneciente a la nobleza antigua y consolidada, la primera, y al colectivo de los terratenientes ricos pero sin título, la segunda.188 La pugna entre Pere de Bell-lloc y Jofre de Ortafà por el cargo de gobernador de la isla abrió, en 1457, un nuevo frente de lucha189 y polarizó todavía más las facciones ya existentes. La situación alcanzó tal grado de conflictividad que obligó que Juan II a intervenir directamente. El soberano, durante el bienio de 1458-1459, adoptó una serie de medidas de reenderezamiento: reducción de las pensiones de los censales, mejora del aprovisionamiento de cereales, reparación judicial de los crímenes, lesiones y robos de ganado y lana, con los que se habían enriquecido rápidamente algunos de los facciosos,190 perfeccionamiento del sistema de selección de los cargos municipales191 y expulsión de algunos payeses mallorquines que habían participado en los altercados.192 La aceleración de los acontecimientos no permitió, sin embargo, que estas reformas dieran sus frutos, puesto que, en mayo de 1463, pocos meses después del inicio de la guerra civil en Cataluña, la facción menorquina encabezada por el gobernador Pere de Bell-lloc se decantó por la Diputación del