Problemática jurídica posdoctoral: Debates iusfilosóficos, iusteóricos y iusdogmáticos
promoviendo una enseñanza instrumental que concibe al estudiante como un simple receptor de información, que se prepara para desempeñar un oficio con eficiencia en una comunidad.
En cuanto al currículo, se propone el concepto de innovación crítica referida a la construcción del currículo universitario, indicando el sentido de impulsar la transición hacia un nuevo paradigma de formación, conocimientos y aprendizajes sustentado en ejes transversales y programas flexibles que favorezcan una verdadera articulación entre las ciencias y las humanidades79; debe caracterizarse por ser cambiante, amplio y no estático y redundar en la formación integral del ser humano.
Dentro del diseño curricular deben tenerse en cuenta elementos relevantes; el currículo de formación de competencias ciudadanas –como en el caso de Colombia, que está diseñado por competencias– no es fácil de desarrollar, pues se presentan cuestiones difíciles de resolver, como saber qué competencias se necesitan o cuáles son los temas de interés y cuáles los necesarios.
Frente a esta situación se hace primordial conocer las estructuras de las competencias, conformadas, en primer lugar, por una acción, entendida esta como el comportamiento humano que permite la expresión de los procesos mentales; en segundo, por el objeto, considerado como todo conocimiento sobre el cual recae la acción humana; y en tercero, por un contexto que describe las condiciones en las que se desarrolla la acción humana sobre el objeto.80
Una competencia es, entonces, un saber hacer en el que se conjugan pensamiento, conocimiento y habilidades.81
Otro aspecto de gran importancia es el de las competencias. Para el caso colombiano, la educación superior que se basa en competencias no cuenta con información suficiente para establecer cuáles serían los niveles de desarrollo de competencias genéricas en educación superior ni hasta dónde se debe o se puede esperar que se desarrollen, tal como afirma el Ministerio de Educación Nacional (2008). El primer paso que dio Colombia fue desarrollar una representación de las competencias genéricas que posibilitara a su vez la creación de lineamientos para orientar la implementación de las competencias genéricas en cada institución de educación superior, junto a la tarea de determinar los elementos básicos para su evaluación en términos de desempeños concretos, lo cual, en el proceso de enseñanza-aprendizaje posee gran importancia.
En Colombia, las competencias genéricas descritas son tres, a saber:
1. Competencias abstractas del pensamiento: se tiene aquí el pensamiento crítico, el entendimiento interpersonal, la solución de problemas, el pensamiento creativo y el razonamiento analítico.
2. Conocimientos y competencias necesarias para desarrollar las competencias abstractas: conocimiento del entorno, comunicación, trabajo en equipo, manejo de información, comunicación en inglés y TIC.
3. Dinamizadores para el desarrollo de competencias: saber aprender y recontextualizar.
Estas competencias, o, mejor dicho, la educación basada en competencias se caracteriza por dos lineamientos principales: flexibilidad y autonomía progresiva, en razón a que se trata de un aprendizaje para toda la vida, que, además, permite la adaptación continua a diferentes contextos laborales y ocupacionales.
Pero surge entonces el interrogante de si la formación en competencias obedece únicamente a ser la respuesta a las necesidades de las grandes empresas y producciones y deja de lado la formación de seres humanos en su contexto ciudadano, como lo hacen los países industrializados, que se adaptan a las demandas del sector productivo.
Y es en este sentido que debe llamarse la atención, pues la Universidad no puede formar solo para esto; además, por sí sola no puede solucionar el problema del desempleo, tal como afirma el maestro Paulo Freire, quien argumenta que la educación debe tener una función crítica y social, en la que es responsabilidad del maestro, a través de su acto pedagógico, crear un espacio social de convivencia y construcción democrática de la ciudadanía, y define que “buen ciudadano es el buen hombre o la buena mujer, y solo sin son buenos hombres y buenas mujeres, podrán ser luego buenos médicos, buenos ingenieros o buenos artesanos”82.
Al respecto, Edgar Morin, precursor del pensamiento complejo, aduce en su texto La mente bien ordenada que la educación debe contribuir a la autoformación de la persona, debe permitirle aprender y asumir la condición humana, debe permitirle aprender a vivir y aprender a convertirse en un ciudadano que, en una democracia, se define en un contexto democrático por su solidaridad y su responsabilidad.83
Sistema educativo colombiano en el marco de las ciencias de la complejidad, a partir de los fines del Estado social de derecho
La característica del Estado social de derecho es la de ser principio de principios, pues aparece vinculado a los principios de dignidad humana, trabajo, solidaridad e interés general. En lo que respecta al derecho a la educación y su contenido en un Estado social de derecho, la Constitución Política establece que la educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social.
En este sentido, un proyecto educador para la formación ciudadana debe construir un conocimiento liberador en el que la especialización del conocimiento se considera un obstáculo epistemológico con el que se corre el riesgo de caer en el reduccionismo del conocimiento de los hechos sociales. Así, se puede sostener que un proyecto educativo se caracteriza, como sostiene Freire, por ser liberador, complejo y democrático, diferenciado por dos ejes, el primero de los cuales es un escenario social democrático, y el segundo, la construcción colectiva de opciones curriculares que formen maestros y alumnos desde la transdisciplinariedad y la multirreferencialidad y que se acerquen al momento histórico.
La ciudadanía no se utiliza solo para significar la pertenencia a la organización que es el Estado, sino que también permite significar la definición de los derechos y deberes ciudadanos, convirtiendo los derechos de participación y comunicación políticas en núcleo fundamental de la ciudadanía y de los cuales el ciudadano puede hacer uso reflexivo para cambiar su situación, posición o condición jurídica material e influir en quienes toman las decisiones.
Ahora, en el marco del concepto de ciudadanía se encuentra el de ciudad, pues no se pueden separar la clase de personas que se quieren formar, las relaciones sociales que se quieren fortalecer, las relaciones necesarias con la naturaleza y el desarrollo de las concepciones éticas de la obligación de reinventar y transformar la ciudad.
El ciudadano debe sentir la ciudadanía como algo vinculante; debe sentirse en sintonía con el Estado, y este a su vez debe preocuparse por sus miembros, de forma que el ciudadano responda a los proyectos del ente administrador en virtud de su sentimiento de estar apoyado por la sociedad. En el sentido de la ciudadanía, son las raíces históricas de un pueblo las que construyen la identidad por el territorio, bien sea este nacional, regional o local.
La ciudadanía es una relación bidireccional: de la sociedad al ciudadano y del ciudadano a la sociedad. Pues bien, para la construcción del concepto de ciudadanía en la investigación se tiene en cuenta un elemento de carácter fundamental: la inclusión, debido a que es un interés que tiene en cuenta a la humanidad y se aplica a comunidades políticas concretas, como una especie de pacto social diferente a lo moral.
En lo que tiene que ver con los educadores, estos deberán ser capaces de tomar posturas críticas y complejas, ya que eso permite que se fomente en los estudiantes el análisis de la realidad social, que repercute en la formación de una conciencia crítica para la transformación social y alienta en ellos la formulación de preguntas sobre su contexto, donde se tiene en cuenta la multiplicidad de manifestaciones de los asuntos humanos.
Es muy importante