Lo mismo ocurre al examinar los temas e instituciones fundamentales de la tradición constitucional de la UC. Enseguida realizo una evaluación sobre su contribución a la tradición constitucional de la UC. Encarnará el viejo ideal perdido del abogado como estadista, sobre la base de ideales como la prudencia, la sabiduría, el servicio público, entre otros; su independencia y estatura monumental lo convertirán en una figura controversial, dado su apoyo inicial al golpe de Estado y su participación en la CENC, pero luego será uno de los protagonistas de la oposición al régimen. Más que ningún otro, buscará conciliar los textos constitucionales y la dogmática con la tradición intelectual y social católica, como, asimismo, en uno de sus mayores legados, buscará un equilibrio virtuoso entre los componentes orgánicos y dogmáticos en la Carta Fundamental. Finalmente, desde la perspectiva de la evolución de la Facultad de Derecho en los años 1985-1989, destacamos la llegada del rector Juan de Dios Vial Correa, los desafíos pendientes de la Facultad, especialmente en ámbitos como la investigación y los posgrados, para concluir examinando la vida intelectual del publicismo en esos años, a través de las Jornadas de Derecho Público, las revistas de derecho y los libros de la disciplina que causan impacto.
En el capítulo IV desarrollo la contribución del profesor José Luis Cea Egaña (1967-presente). Tras profundizar en algunos de sus antecedentes biográficos, examino el contexto político e intelectual fundamental que enmarca buena parte de su obra constitucional madura. Para ello examino el complejo periodo que va entre las negociaciones de la reforma constitucional de 1989, posterior al plebiscito de 1988, y la reforma constitucional de 2005. En ambas, pero especialmente en la primera, el profesor Cea tiene un rol protagónico. Coincide esto último con el lanzamiento de su Tratado de la Constitución de 1980, que será un aporte fundamental en el refinamiento de la tradición constitucional de la UC y a la dogmática constitucional chilena, destacando los desafíos en términos de democratización del texto constitucional vigente, pero también afirmando la filosofía constitucional que la inspira. Desde la perspectiva de su rol como profesor de Derecho UC, examino los comienzos de una larga carrera académica que ya alcanza más de medio siglo; sus influencias intelectuales; sus ideas en torno a la Universidad y al profesor universitario, como, asimismo, el testimonio de sus colegas y discípulos en torno a su contribución intelectual. Luego, analizo sus planteamientos en los temas fundamentales del constitucionalismo, destacando sus aportes a la idea de Constitución, tales como la de “Constitución Plena”, la “Constitución de principios y valores” y la “conciencia constitucional”; los elementos del Estado constitucional de derecho; los desafíos de la democracia en la inclusión más activa de la sociedad civil o de mecanismos de democracia directa; en fin, la revisión judicial de la ley y el rol protagónico que han alcanzado las cortes constitucionales en la democracia constitucional, y el juez constitucional, en particular. Destacamos en este último sentido cómo el profesor Cea ha contribuido a forjar el paradigma del juez constitucional chileno. Posteriormente, examino sus aportes a los temas e instituciones más propios de la tradición constitucional de la UC, destacando que lo hace de manera relevante con la tradición intelectual y social católica, la filosofía constitucional humanista, personalista y de raigambre cristiana que a su juicio inspira el texto constitucional, en el que el profesor Cea, como veremos, tiene un rol decisivo en su sistematización, como también lo tiene en la evolución de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional. Desde la perspectiva de los aportes del profesor Cea a la tradición constitucional de la UC, destaco su ejemplo y testimonio como un genuino constitucionalista; subrayo su rol como el gran tratadista de la Carta de 1980, siguiendo los pasos de Silva Bascuñán respecto de la Carta de 1925, y de Huneeus respecto de la Carta de 1833, y también su rol como curador de la carta vigente; y justifico las razones que me llevan a plantear la génesis de la “Escuela Cea” como ramificación de la “Escuela Silva Bascuñán”. Finalmente, analizo algunos aspectos relevantes del proceso de maduración institucional de la Facultad de Derecho UC en el periodo 1990-2005, como, asimismo, el ambiente intelectual del publicismo en aquellos años, marcado por un verdadero boom de nuevas revistas de derecho con incidencia en el derecho público nacional.
En el capítulo V examino la contribución de la profesora Marisol Peña Torres (1985-presente). Comienzo entregando algunos antecedentes biográficos sobre la profesora Peña, para luego describir el contexto político e intelectual chileno de los últimos años, marcado por el debate sobre cambio constitucional y el rol fundamental que ha jugado el Tribunal Constitucional en este periodo. Asimismo, desde la perspectiva de la profesora de Derecho Constitucional de la Universidad Católica, destaco su preocupación por la formación integral de sus alumnos, sus influencias intelectuales, su eclecticismo y apertura a nuevas ideas, su llamado a repensar la enseñanza del derecho público en el siglo XXI, y su permanente vocación por potenciar las carreras académicas de sus colegas más jóvenes y ayudantes. Sus contribuciones a reflexionar temas clásicos del constitucionalismo me llevan a subrayar sus aportes originales, como la identidad constitucional chilena o la idea de “Constitución Viva”; la profundidad y actualidad de sus planteamientos sobre el Estado de derecho, la democracia y la forma de gobierno; la gran influencia que ha tenido para pensar la incorporación a nuestro sistema constitucional del derecho internacional de los derechos humanos; o sus muchos aportes a la hora de pensar la revisión judicial de la ley, el rol del Tribunal Constitucional y sus desafíos presentes y futuros. Desde la perspectiva de las ideas y temas fundamentales para la tradición constitucional de la UC, examino sus aportes sobre la dignidad humana como valor esencial y base de los derechos fundamentales; el constitucionalismo social que inspira sus aproximaciones a la subsidiariedad, a la solidaridad, a los derechos sociales, buscando la cooperación armónica entre el Estado y la sociedad civil; los desafíos para una conceptualización robusta del derecho de propiedad, pero no que no descuide su función social; todo ello, según diversos artículos académicos y las sentencias que redactó en el Tribunal Constitucional. Luego, evalúo el aporte de la profesora Peña a la tradición constitucional de la UC. Finalmente, desde la perspectiva de la maduración institucional de la Facultad de Derecho en el periodo (2005-2019), destaco los importantes avances que experimenta la Facultad en los más diversos ámbitos de la mano del decano Arturo Yrarrázaval, quien lidera un cambio de gran trascendencia para instalar a Derecho UC en la posición de liderazgo en la que hoy se encuentra en nuestro país y el mundo, como, asimismo, para fortalecer su identidad católica. También examino el ambiente intelectual del publicismo, a través de las Jornadas de Derecho Público en el periodo, las revistas de derecho y otros hitos.
En el capítulo VI analizo la dimensión de la Carta de 1980, que puede ser considerada el aporte específico de la tradición constitucional de la UC a esta. Por diversos factores (la integración de la CENC, los tratados y manuales más relevantes sobre la Carta Fundamental, las referencias de la jurisprudencia constitucional tanto a la CENC como a dichos tratados y manuales), suele asociarse la Carta de 1980 al pensamiento constitucional elaborado en la UC o a la de algunos de sus profesores. Ello también permitirá hacerse cargo de la crítica del profesor Ruiz-Tagle acerca de que las “doctrinas pontificias” representan el extravío del constitucionalismo en Chile a finales del siglo XX y principios del actual, y de aquella que se ha venido formulando en los últimos años de profesores pertenecientes al constitucionalismo crítico o contrahegemónico. Para acometer este doble objetivo, describo, en primer lugar, la crítica del profesor Ruiz-Tagle y la de otros académicos (Viera, Bassa y Muñoz). Luego, para comenzar la respuesta a estas críticas, examino, de manera extensa y detallada, los acuerdos y los desacuerdos al interior de la CENC por parte de los constitucionalistas de la UC. Enseguida analizo la evaluación ex post que hace el profesor Silva Bascuñán de la contribución de los constitucionalistas de la UC a la Carta de 1980, marcada por la idea de que, en los capítulos I sobre Bases de la Institucionalidad y III sobre Derechos y Deberes Constitucionales, se plasma una “filosofía constitucional”, de raigambre cristiana, personalista y humanista, que ilumina el resto de las disposiciones de la Carta Fundamental, y las relaciones entre la persona humana, la sociedad civil y el Estado. Esta filosofía constitucional es defendida y actualizada por los profesores José Luis Cea y Marisol Peña al analizar la reforma constitucional de 2005, dando testimonios que conectan con el análisis del profesor Silva Bascuñán. En cuarto lugar, doy cuenta de los factores externos e internos que estimo favorecen y consolidan la posición intelectual de la tradición constitucional de la UC. Concluyo este capítulo con una evaluación.