AAVV

Universidades, colegios, poderes


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imposible. Edición del Libro de la primera reunión de profesores universitarios emigrados, Valencia, 2018. Yolanda Blasco Gil y Armando Pavón Romero: «Las mujeres de la UPUEE, México. Universidad, derecho y sociedad», Anuario de historia del derecho español, 90, 2020, pp. 559-601.

      113. Javier Infante Miguel-Motta: «Por el imperio hacia Dios bajo el mando del Caudillo. Profesores de la facultad de derecho de Salamanca», Cultura política y práctica, pp. 473-567, en línea; Carolina Rodríguez: La universidad de Madrid en el primer franquismo. Ruptura y continuidad (1939-1951), Universidad Carlos III, 2002, tesis dirigida por Elena Hernández Sandoica. La figura de Unamuno, sus últimos meses, tiene amplísima bibliografía.

      114. Yolanda Blasco inició en su tesis el estudio de oposiciones a cátedra sobre expedientes del archivo general de la administración; después, junto con Jorge Correa, las oposiciones «patrióticas» en la facultad de derecho, la pugna entre familias del régimen, falangistas y opusdeístas, que Manuel Martínez Neira no alcanzó a percibir o prefirió omitir, en Cuadernos del instituto Antonio de Nebrija, 6, 2003, pp. 135-219; ha tenido que completarle un compañero del estudio general de Navarra, Onésimo Díaz: «Las oposiciones a cátedras de profesores miembros del Opus Dei en la posguerra española (1939-1945)», en línea. Las de historia, Yolanda Blasco Gil y María Fernanda Mancebo: Oposiciones y concursos a cátedra de historia en la universidad de Franco, 1939-1950, Universitat de València, 2010; una presentación de primeros resultados en Spagna contemporanea, 36, 2009, pp. 119-141. Una reseña sobre este libro, tendenciosa según Clavero, muy confusa, apareció en CIAN, 16(2), 2013, pp. 198-202, y fue recogida en la Biblioteca virtual de José María Escrivá de Balaguer y Opus Dei. Mejor otras de historiadores, como la profesora de Valencia M.ª del Carmen Agulló Díaz: Historia de la educación, 30, 2011, pp. 353-356, Luciano Casali de Bolonia: Historiografías: revista de historia y teoría, 2, 2011, 140-142, y Armando Pavón Romero de la UNAM: Revista de hispanismo filosófico, 16, 2011, pp. 249-253. También sobre estas oposiciones: La universidad nacionalcatólica. La reacción antimoderna, coordinado por Luis E. Otero Carvajal, Universidad Carlos III, 2014, con muchos datos y algunos errores, interpretaciones superficiales…

      115. Bartolomé Clavero: «Francisco Tomás y Valiente y la historia del derecho como profesión», en M.ª Paz Alonso (ed.): Francisco Tomás y Valiente. Memoria y legado de un maestro, Universidad de Salamanca, 2017, pp. 17-47.

      116. Véase Josemaría Escrivá de Balaguer y la universidad, Pamplona, 1993, de varios autores. Seguía el ejemplo de los propagandistas de Ángel Herrera y de la obra del padre Corbató, su coetáneo en Valencia, Mariano Peset: «Carlismo y nacionalismo valenciano. Dos idearios dispares: Aparisi y Guijarro y el Padre Corbató», Nations et nationalités en Espagne XIXe-XXe siècles. Actes du colloque international organisé du 28 au 31 mars 1984, a Paris, par la Fondation Singer-Polignac, París, 1984, pp. 213-239. Recientemente, la tesis doctoral de Javier Esteve Martí sobre el padre Corbató y Manuel Polo y Peyrolón, Universitat de València, 2017, dirigida por Jesús Millán García-Varela y María Cruz Romeo Mateo.

      117. Proyecto del Ministerio de Ciencia y Tecnología, Dirección General de Investigación: «Alma mater totius Hispaniae: Proyección social, historia y pervivencia de las universidades hispánicas (siglos XVI-XX)», DER201678166-R, dirigido por Jorge Correa.

UNIVERSIDAD, IGLESIA Y PODER POLÍTICO

      NOTAS SOBRE LAS RELACIONES DE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA CON EL PAPADO Y LA MONARQUÍA ENTRE 1480 Y 1561

      Desde sus orígenes la Universidad de Salamanca entabló una especial relación con la monarquía, al ser su propia creación obra de un rey, el monarca leonés Alfonso IX, quien en el año 1218 decidió fundar en esta ciudad un nuevo centro de estudios. No lo estableció ex novo, sin embargo, sino a partir de la floreciente escuela catedralicia que existía allí y de donde procedían varios de sus inmediatos colaboradores. Erigida por un rey, y por tanto fundación regia, tal circunstancia no impidió que su naturaleza inicial fuera la de un centro eclesiástico y que la sombra de la Iglesia, bien patente ya en esos comienzos, acabara marcando su historia durante siglos.

      No puede extrañar por eso que la primera reglamentación jurídica de su actividad que se conserva, obra de Alfonso X el 8 de mayo de 1254, se hiciera en la corte regia «con mi conseio e mi acuerdo con los obispos e con arçidianos e con otros clerigos buenos que conmigo eran», o que en ella se ordenase «que los escolares de la vniuersidad non ayan sello comunal de la vniuersidad sinon por mandado e por complacer del obispo de salamanca». Fue el propio rey sabio quien, igualmente con el consejo y el consentimiento del obispo y el cabildo salmantinos, solicitó al papa Alejandro IV su confirmación pontificia, obtenida por medio de la bula dada en Nápoles el 6 de abril de 1255. A partir de entonces, los privilegios papales desempeñaron una función decisiva en la regulación del régimen institucional del Estudio, que también gracias a una bula de Alejandro IV al poco tiempo pudo disponer ya de sello corporativo y afianzar su vinculación jurisdiccional con la Santa Sede por medio del maestrescuela catedralicio, convertido en su juez propio. Una relación con Roma que alcanzó su momento culminante en el siglo XV, sobre todo a raíz de la acción llevada a cabo por los papas Benedicto XIII y Martín V, quienes, entre otras cosas, dotaron a la Universidad de sendos cuerpos normativos generales: las constituciones de 1411, obra del primero de ellos, y las que, a solicitud expresa de la Universidad y concedidas por el segundo, las sustituyeron en 1422.1

      Hasta el siglo XIX las constituciones pontificias de Martín V de 1422 se mantuvieron como el núcleo esencial del régimen jurídico propio de la Universidad de Salamanca, completado luego en el curso del tiempo con nuevas bulas, disposiciones reales y estatutos generados por la propia corporación. Con esos diversos componentes se fue conformando un orden jurídico de composición plural y vigencia secular sobre cuya historia pretendo hacer aquí algunas reflexiones, teniendo como telón de fondo el juego de poderes dentro del que se desenvolvía el Estudio salmantino: el pontificio, el regio y el corporativo. Para ello me centraré en el periodo anunciado en el título de esta contribución y utilizaré como hilo conductor el cambio en las relaciones de la Universidad con sus dos poderes superiores experimentado a lo largo de esos años, cuando aquella fue distanciándose significativamente del papado y acercándose a la monarquía en el curso de un proceso de intervencionismo regio creciente que no solo matizó su inicial naturaleza eclesiástica sino que también mermó de forma decisiva una vida corporativa que resultó a la postre más impulsada y reconocida por los pontífices que por los reyes. Las visitas de los comisionados regios y el ejercicio de la facultad normativa por parte de la Universidad hasta los estatutos de 1561 serán los temas principales sobre los que basaré estas notas.

      A tales efectos partiré del día 1 de marzo de 1480, cuando el arcediano de Toledo, Tello de Buendía, el primer visitador regio del que hay noticia, se presentó ante el claustro de la Universidad exhibiendo una cédula de los Reyes Católicos en la que, con el motivo inmediato de investigar y castigar a los culpables de los graves disturbios ocurridos en la última elección del rector, y en respuesta a la expresa petición de ayuda por parte de aquella, se le encomendaba también la tarea de reformar el Estudio.2 La carta de nombramiento imponía como condición de su cometido el respeto a los estatutos, privilegios y constituciones del centro, algo que también él mismo se ocupó de dar por sentado al hacer acto de presencia ante la Universidad que, con esa advertencia expresa, se mostró dispuesta a obedecer y cumplir el mandato regio. Su orden normativo, y más en concreto el dispuesto por Martín V en 1422, hacía del maestrescuela de la catedral salmantina su ejecutor y le atribuía también la decisión de las controversias ocasionadas en la elección del rector y los consiliarios, pero, bien fuera por su ausencia en esos momentos (de hecho, no aparece en los libros de claustros), bien por la magnitud de los acontecimientos, el caso es que la Universidad en esa ocasión debió de sentirse inerme y necesitada de auxilio externo, que solicitó de sus patronos los reyes.

      Lo que por aquel entonces los monarcas no tenían