Fernando Bouza

Dásele licencia y privilegio


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otros casos, las peticiones esgrimen los méritos de una obra anterior del mismo autor como argumento irrebatible a fa-vor de la concesión de una nueva licencia. Por ejemplo, en 1621, Nicolás de Ávila, cura del Olivar, abogaba por los permisos para imprimir un Psalterio de diez cuerdas y música espiritual alegando que «fue muy provechosa la Suma que yo saqué de los diez mandamientos y maremágnum del segundo y puse por remedio para desterrar de la república el abuso de los juramentos, ansí espero en Nuestro Señor lo será éste para la devoción de los que le leyeran y dél se aprovechen»[70].

      Entre los méritos de obras anteriores también cabía recordar que habían obtenido una buena acogida general entre los lectores, como hace Alonso Jerónimo de Salas Barbadillo, en 1619, a propósito de su Segunda parte del caballero puntual, obra escrita, según su autor, porque la primera parte «con mucha aprovación ha corrido por los reynos de hespaña, Ytalia y las Indias»[71]. Incluso, en el caso de la prorrogación de los privilegios que Juan Gutiérrez poseía para sus Repetitiones y sus Consilia, el jurisconsulto pidió, en 1602, que se le permitiese imprimir las dos obras juntas en un solo cuerpo, «pues son de una misma materia», asegurándose que, así, «serán de precio más acomodado y de más utilidad y provecho a quien los comprare»[72].

      Además del trabajo y mérito propios, las peticiones suelen insistir en que de la impresión de las obras que presentan se seguirá utilidad, provecho, gusto, enseñanza, aprovechamiento general, destierro de ignorancias o abusos. En ocasiones, los autores fuerzan un poco el sentido que cabría atribuir a sus obras para encaminarlas hacia la utilidad de una forma que no deja de ser indisimulada. Un ejemplo de esto es el memorial que Juan Agudo de Vallejo presentó en 1622 para una Fingida Amaranta:

      MPS

      Don Joan Agudo de Vallejo y Cortés, vecino de Madrid, digo que yo e compuesto un libro yntitulado la fingida Amaranta y sus subscessos exemplares, que, aunque es deste género, a de ser de ymportancia y fructo para encargar el cuidado que deben tener los padres y madres de sus hijos e hijas, en el qual e puesto mucho estudio y trabajo. Suplico a V.A. se sirba mandarme dar licencia para ymprimirlo hechas las diligencias que la real pregmática dispone y por tiempo de veinte años de pribilegio o por lo que V.A. fuese servido y para ello &c. Don Joan Agudo de Vallejo y Cortés [rubricado][73].

      Para géneros no tan comprometidos, los autores insistían de forma menos forzada en su utilidad. Como exponía Ágreda y Valdés en el memorial sobre su traducción de la Civil conversatione de Guazzo, porque el libro será «útil para todos los estados por su erudizión, moralidad y documentos»[74], cuando no «será de provecho a las personas que traten de gobierno», como quería Mateo López Bravo para justificar la necesidad de imprimir su De rege et regendi ratione de 1616[75], o, porque «ay muy gran falta […] pues es muy útil para las repúblicas» que decía Domingo González a propósito de la edición madrileña de la Curia filípica de Hevia Bolaños que este mercader de libros sufragó en 1619[76].

      De lo particular a lo general, se asegura que las obras para las que se pide franquear su camino hacia la imprenta redundarán en un incremento del servicio a Dios y al Rey. Así, colaborar en el mantenimiento de la reputación de la Monarquía se encuentra, por ejemplo, entre los beneficios de la impresión de una Relación de dos presas que hicieron las galeras de Cataluña que, en 1611, solicitaba Gonzalo de Ribadeneira. Dar a conocer las hazañas de las cervantinas Capitana y Patrona, en lo que parece ser una reimpresión de relaciones barcelonesas, vendría a dar «noticia del valor de España y sus soldados»[77]. Y, en 1630, a Tomás Tamayo de Vargas se le ocurría abonar su petición de licencia para su Luitprandi sive Eutrandi chronicon nada menos que «por lo que inporta a la historia de España»[78].

      En ocasiones, los memoriales se transforman en una suerte de historia de vida. Ottavio Sapienza no dudó en evocar diversas circunstancias de su asendereada biografía para abonar la concesión de licencia de su Nuevo tratado de Turquía que tramitó en 1620. Según su memorial, este presbítero natural de Catania había sufrido cautiverio en Estambul, Túnez y Bizerta y habría servido a la Monarquía «en algunos servicios secretos que se le encomendaron». Además de recordar estos antecedentes, el catanés justificaba su obra como un intento de conseguir que «se desengañaran muchos que en la christiandad piensan mil desvaríos perjudiciales a los ignorantes»[79]. Dos décadas más tarde, Luis Álvarez, ciego que pedía licencia y tasa para lunarios y pronósticos de Salvador Arias, Diego Sánchez Ortiz, Zaragozano, y Pedro de Miranda, no dejaba pasar por alto «que perdió la vista sirviendo a su Magestad en las guerras de Milán» ni que tenía «muger y tres hijos, madre y hermana con estrema pobreça y necesidad»[80].

      En el caso de las reediciones, se suele aludir directamente a la existencia de una demanda lectora que no puede ser satisfecha. Por ejemplo, en 1599, Miguel Serrano de Vargas, por entonces vecino de Cuenca, alegaba la gran falta que había de cartillas para imprimir las suyas De maestro y discípulo[81]. Que era necesario y «al presente ay falta dellos y a sido ympreso otras vezes con licencia» es el argumento del librero Gaspar de Buendía para abonar que se le permita reeditar a Juan Luis Vives en 1596[82]. Que «la historia es gustosa y ay mucha falta dellas» asegura Andrés Sánchez de Ezpeleta en su pretensión, admitida, de poder imprimir «un romance de la historia del Cid Rui Díaz de Bivar» en 1613[83]. Con un «es de mucha utilidad» abona el librero Domingo González su memorial sobre las «obras del excelente poeta Garcilasso de la Vega» que quería imprimir en 1612[84]. Años más tarde, en 1618, un Juan Ginés, que se presenta como impresor, pedía licencia para un «método de escribir cartas» y la «tragicomedia de Calisto y Melibea» porque «ay falta de estos libros»[85]. Y, en 1653, los herederos de Diego Saavedra Fajardo pedían poder imprimir de nuevo la Corona gótica y la Idea de un príncipe cristiano «por los pocos que binieron a España»[86].

      Si se trataba de una traducción, cabía mencionar la corrección de la versión que iba a ser impresa, como se hizo en el caso de la Disciplina claustral de Juan de Jesús María, cuyo memorial de licencia, presentado en 1623 por Gabriel del Santísimo Sacramento, no olvidaba insistir en que «está bien y fielmente traducido» de la lengua italiana a la castellana[87]. Por su parte, en el memorial de 1604 que Juan de Arce Solórceno presentó a propósito de su Historia de los dos soldados de Christo, Barlaán y Iosafat escrita por San Juan Damasceno (Madrid: 1608), no dudó en encarecer que «costó la traducción mucho travaxo, atento a lo qual y el provecho que della redundará en las almas de todos los letores» suplicaba la concesión de licencia y privilegio por veinte años[88]. Como ejemplo de un memorial relativo a la traducción de una obra considérese el texto del que José de Pellicer presentó a propósito de la Argenis de John Barclay:

      MPS

      Don Joseph Pellicer de Salas digo que yo e puesto grande afán y cuidado en traducir un libro de latín en idioma castellano intitulado Argenis de Juan Barclaio y haviéndole hecho ver en el ordinario no halló cosa que se encuentre con la fe y assí dio su Aprobación. A V.A. pido y supplico mande remitir este libro a quien le vea y visto mandar que se me despache privilegio para imprimille por ser justicia que pido &c. D. Joseph de Pellicer de Salas[89].

      Para un acercamiento al estatuto de la traducción en la España del Siglo