Rodríguez”, pp. 204-205.
26 AGN, Vínculos y Mayorazgos (115), vol. 225, exp. 1 (1816), ff. 17-17v.
27 El préstamo de 2.000 pesos databa de 1796. AGN, Bienes Nacionales, leg. 1644, exp. 2 (1808), ff. 4-4v. Ver también los testamentos de la Güera de 1819 (art. 4 y 6) y 1850 (art. 6).
28 Testamento de María Ignacia Rodríguez (1819), art. 10.
29 AGN, Vinculos y Mayorazgos (115), vol. 215, exp. 10 (1818), f. 5v.
30 Según su testamento de 1819, la Güera recibió esta pensión solamente por los dos años que permaneció viuda (art. 10). El rendimiento del mayorazgo es de 1794, “Autos sobre alimentos”, f. 11.
31 Ver Arnold, Bureaucracy, pp. 131-137.
32 Ver Testamento de María Ignacia Rodríguez (1850), arts. 12 y 16; y AHN, Francisco de Madariaga #426, vol. 2855 (2 de noviembre de 1838), ff. 1205-1208v.
33 Sobre la carrera de Briones ver las actas de matrimonio, bautismo, y defunción en las siguientes notas, y AGN, Indiferente Virreinal, Real Audiencia, caja 5436, exp. 22 (1790), f. 4 y caja 2485, exp. 33, ff. 1-5v; Jiménez Gómez, “Creencias y prácticas”, p. 136; y Múñoz Altea, “La Güera Rodríguez”, pp. 205-206. Fue nombrado censor regi en 1802, AGN, Instituciones Coloniales /Indiferente Virreinal, Real Audiencia, caja 2485, exp. 33, ff. 1-5v.
34 AP, Matrimonios, vol. 40, #34, f. 10v (10 de febrero de 1807). El acta de defunción de Briones identifica la casa como el #6, el acta de bautismo de Victoria como el #8.
35 Acta de defunción de Briones, AP, Entierros de Españoles, vol. 36, f. 107v (16 de agosto de 1807); y acta de bautismo de Victoria, FS, “México, D.F., registros parroquiales y diocesanos, 1514-1970,” 61903/:1:QJ8Y-TJGN.
36 Muñoz Altea dice que Briones dictó su testamento en Querétaro el 11 de julio de 1811 ante el escribano José Domingo Vallejo (“La Güera Rodríguez”, pp. 205-206), pero esa fecha debe ser un error tipográfico ya que Briones había muerto en 1807. El testamento posiblemente era de 1801.
37 No he podido localizar el testamento de Briones ni los autos del pleito. Ver el poder que otorgó la Güera a Rivero, AHN, José Ignacio Moctezuma #158, vol. 959 (29 de agosto de 1807), ff. 130-131; y la solicitud de José Briones para que el Bachiller Ignacio Bolaños certificara su gravidez y parto, AGN, Instituciones Coloniales/Indiferente Virreinal/Criminal, caja 5122, exp. 18 (31 de mayo de 1808), ff. 1-2v.
38 Cuando llegaron a un acuerdo el 4 de octubre de 1811, la quinta parte del legado se calculó en 64.000 pesos más réditos sobre esa cantidad desde el 8 de abril de 1808, probablemente la fecha en que ella empezó a manejar los bienes. Ver resúmenes del caso en el testamento de María Ignacia Rodríguez (1819), arts. 5 y 12; y AHN, Francisco de Madariaga #426, vol. 2838 (12 de enero de 1827), ff. 26-31 y vol. 2860 (11 de enero de 1841), ff. 587-592v.
39 Bustamante, Suplemento, vol. 3, pp. 268-269.
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