target="_blank" rel="nofollow" href="#ulink_dc9e0d40-a13b-5cbb-b5f8-e7d84915e2e6">25. Publicación que recibió el mismo título, aunque más breve.
26. El doctor Mariano Peset, de Historia del Derecho de la Universidad de Valencia.
27. Umberto Eco: Come si fa una una tesi di laurea, Milán, Tascabili Bompiani, 1977, p. 249.
28. Mi investigación se realizó bajo la tutela de tres directores que asumieron sucesivamente la dirección del departamento de Historia Medieval.
29. Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana 1982-2012, Valencia, Generalitat Valenciana, p. 20. Título 3, artículo 20.
30. Los responsables de su recaudación serán los diputados de cada reino, que quedan obligados a dar cuenta en Gandesa de su gestión y repartir los ingresos.
31. M. Rosa Muñoz: Orígenes de la Generalidad…, pp. 57-88.
32. Maria Teresa Ferrer: Els orígens de la Generalitat de Catalunya (1359-1413), Barcelona, Generalitat de Catalunya, 2009.
33. Tema analizado en este foro por Pere Verdés: «El ‘naixement’ de la Generalitat de Catalunya (1359): entre la història i el mite». Sesión en la que algunos de mis colegas acusaron a los políticos de esa mitificación, aunque es evidente que ellos toman como referencia algunas investigaciones, sin embargo, parece que esa fecha empieza a cuestionarse, al igual que ha ocurrido con el número de presidentes de la Generalidad de Cataluña, organismo colegiado durante la época foral, cuya máxima autoridad correspondía a sus diputados elegidos paritariamente entre los tres estamentos.
34. José Ángel Sesma: «La fijación de fronteras económicas entre los estados de la Corona de Aragón», Aragón en la Edad Media, 5, 1983, pp. 141-166. Conclusiones semejantes a las que yo había llegado en mi tesis leída en 1984.
35. Manuel Sánchez: Corts, parlaments i fiscalitat a Catalunya. Els capítols del donatiu (1288-1384), Barcelona, Generalitat de Catalunya, Barcelona, 1997, p. XVII del prólogo realizado por Manuel Sánchez y Pere Ortí.
36. Maria Teresa Ferrer: «Els diputats del braç de les ciutats i viles reals de 1359 a 1413. Perfils biogràfics», Acta Historica et Archeologica Medievalia, 26 (2005), pp. 515-550.
37. M. Rosa Muñoz: «Cortes y parlamento de 1360. Acuerdos y distribución de donativos», en Estudios en recuerdo de la profesora Sylvia Romeu Alfaro, Valencia, Universitat de València, 1989, pp. 643-657.
38. J. Ángel Sesma y Carlos Laliena: La población de Aragón en la Edad Media (siglos XIII-XV), Zaragoza, Leyere, 2004, p. 28. Tras las cortes de ese año se procede al recuento de casas para recaudar el coste de los setecientos jinetes ofrecidos.
39. M. Rosa Muñoz y Mercedes Gallent: «Alzira y la campaña de Pedro IV en Cerdeña», Quaderns de Sueca, III, 1982, pp. 71-80; A. José Mira y Pau Viciano: «Las bases fiscales de un estado bajomedieval» en XVI Congreso Internazionale di Storia della Corona d’Aragona, Nápoles, Paparo, 2000, vol. II, pp. 515-534. Se completa y perfecciona el esbozo apuntado en el anterior.
40. A. José Mira: «La financiación de las empresas mediterráneas de Alfonso el Magnánimo. Bailía General, subsidios de cortes y crédito institucional en Valencia (1419-1455)», Anuario de Estudios Medievales, 33/2, 2003, pp. 695-727.
41. J. Vicente García Marsilla: «La génesis de la fiscalidad municipal en la ciudad de Valencia 1238-1366», Revista de Historia Medieval, 7, 1996, p. 160.
42. Jean-Philippe Genet: L’État moderne: genèse, bilans et perspectives, París, Centre National de la Recherche Scientifiqe, 1990.
43. Wim Blockmans: «Les origines des états modernes en Europe, XIIIe-XVIIIe siècles: etat de la question et perspectives», en Visions sur le développement des états européens: theories et historiographies de l’état moderne, Roma, École Française de Rome, 1993, pp. 1-14.
44. M. Rosa Muñoz: «La fiscalidad del reino: del impuesto directo a las generalidades (s. XIII-XV)», en Castilla y el mundo feudal. Homenaje al profesor Julio Valdeón, Valladolid, Junta de Castilla y León, 2009, vol. II, pp. 397-407.
45. M. Rosa Muñoz: Valencia y las cortes en los umbrales de siglo XV, Valencia, Cortes Valencianas, pág. web.
46. Josepa Cortés (ed.): Liber privilegiorum civitatis et regni Valencie, I (Jaume I (1236-1276), Valencia, Universitat de València, 2001; M. Rosa Muñoz: «Las instituciones parlamentarias durante el reinado de Jaime I (1238-1276)», en El poder reial i les institucions. La política internacional. La familia reial i la política successòria. La figura de Jaume I. El món cultural i artístic, Barcelona, Institut d’Estudis Catalans, 2011, vol. I, pp. 367-383.
47. Pedro López Elum: Los orígenes de los Furs de València y de las cortes en el siglo XIII, Valencia, 1998.
48. Sylvia Romeu: «Los fueros de Valencia y los fueros de Aragón: “Jurisdicción alfonsina”», Anuario de Historia del Derecho Español, 42, 1972, p. 88.
49. M. Rosa Muñoz: «Bases municipales de un impuesto general: las cortes de Valencia de 1329», Saitabi, XXXIII, 1983, pp. 85-95.
50. Vicente Baydal: «La Diputació del General abans de la Diputació del General. Les comissions de gestió dels donatius del regne de València entre 1261 i 1362».
51. Libre de les quatre senyals, 1634, Barcelona, facsímil, Base, 2006, p. 54. Estudio introductorio de Tomàs de Montagut. Influyen sin duda en su concesión, las posiciones más autoritarias de la nueva dinastía y sus deudas, frente a la oposición conjunta de los brazos y la amenaza armada del conde de Urgel, en desacuerdo con el resultado de Caspe.
52. J. Ángel Sesma y J. Antonio Armillas: