Esta parte discute además los negativos efectos de las políticas neoliberales en el crecimiento, la pobreza y la desigualdad en América Latina y el mundo. También demuestra cómo la crisis de 2008 impactó en el cumplimiento de las metas comprendidas en los Objetivos de Desarrollo del Milenio establecidos por las Naciones Unidas para 2015. El estudio de todas estas materias se apoya en las investigaciones procedentes de las Naciones Unidas y la academia, incluyéndose en estas últimas las apreciaciones de Angus Deaton, Premio Nobel de Economía 2015, sobre el aumento de la brecha de desigualdad entre países. Algunos son hoy más pobres que hace 50 años. El pib per cápita de los países más ricos llega a superar en más de 200 veces al
pib per cápita de los países más pobres. Se expone además cómo aumentó la pobreza y la desigualdad en Chile en el período de la dictadura militar y los contenidos básicos de lo que Ricardo Ffrench-Davis ha llamado “macroeconomía para el desarrollo económico y social”. Esta parte concluye mostrando la tensión entre las políticas de privatización y el concepto del Estado constitucional democrático y social conforme al análisis de Jürgen Habermas.
La tercera parte analiza la interpretación de este filósofo acerca de las crisis del capitalismo maduro, originadas en el desacoplamiento de los sistemas económicos y sociales regulados por la racionalidad instrumental y estratégica de la racionalidad del mundo de la vida, a su vez regulada por los siguientes criterios: emancipación, individuación y extensión de la comunicación libre de cualquier forma de dominación. Jürgen Habermas denomina “individuación” a una característica de la “conciencia moderna” que implica tres dimensiones básicas: la autoconservación, la conciencia de sí y la reconciliación. La perspectiva utópica de reconciliación y libertad se basa en las condiciones mismas de la socialización comunicativa de los individuos y está ya inserta en el mecanismo lingüístico de reproducción de la especie. Conforme a este análisis es posible distinguir tres áreas que permiten evaluar los centros de gravedad de la crisis en la reproducción del mundo de la vida (lebenswelt): crisis de la racionalidad en la reproducción de la cultura, crisis de solidaridad de los miembros en la integración social, y desorientación en el proceso de socialización de las personas.
La cuarta parte trata de la reacción secular a la reforma social y su manifestación en las tesis de la perversidad, futilidad y riesgo elaboradas por el economista y filósofo Albert Hirschman, la forma en que ellas han sido utilizadas por los partidos de derecha y sus técnicos para oponerse a la reforma tributaria del primer gobierno de la Concertación y del gobierno de la Nueva Mayoría en Chile. Esta parte termina exponiendo las razones que permitirían considerar el Protocolo de Acuerdo suscrito entre el Gobierno y la oposición como una forma de subordinación de la reforma tributaria a la racionalidad del mercado, y potenciales perjuicios a los principios de la justicia distributiva. Estos principios, junto a otros de tipo filosófico, que permiten definir nuestra idea acerca de la sociedad justa y buena, son abordados en la sexta parte. Principios que colisionan con la racionalidad predominante en el sistema capitalista.
La quinta parte estudia las ideas de los movimientos autodefinidos como “nueva derecha”, poniendo en duda el calificativo de nueva, ya que en cuanto a la concepción de las políticas económicas, en nada se diferenciarían de la “vieja derecha”, representada por Renovación Nacional (rn) y la Unión Demócrata Independiente (udi). A esta conclusión se llega cuando se hace un detallado seguimiento de la oposición de esos movimientos a la reforma tributaria. La fuerte crítica a los intentos por definir una “nueva derecha”, procedente de algunos intelectuales de la misma derecha, es también resumida. Se presenta, además, la argumentación filosófica que sirve de validación al pensamiento de derecha y sus diferencias con el punto de vista de la izquierda.
La sexta parte trata nuestra idea acerca de la sociedad justa y buena y la relación entre moral y ciencias sociales. Para este efecto, se presentan los criterios político-filosóficos elaborados por Jürgen Habermas, Norberto Bobbio y Agustín Squella, para luego enjuiciar la llamada “nueva derecha” en Chile; las razones y significado de la distinción entre izquierda y derecha, la lógica de la visión diádica de la política y del tercero excluido, la visión triádica en dos manifestaciones: como tercero incluyente y como tercero incluido. El tercero incluyente cobra expresión en la conjunción entre liberalismo y socialismo. Esta conjunción puede entenderse como ideal, combinación pragmática o mediación política. El tercero incluido cobra expresión en la centroizquierda y en la centroderecha. Se consideran además las diferencias entre izquierda y derecha, revolución y contrarrevolución. La primera se explica por razones relacionadas con los fines que se persiguen y la segunda, por los medios utilizados para su consecución.
A continuación, se exponen el concepto de justicia como equidad y el “liberalismo igualitario o democrático” en Rawls, y las razones por las cuales esta idea de la justicia puede superar las falsas contradicciones entre libertad e igualdad. En este contexto, se critica el laxo uso de la idea del emprendedor en comparación con la definición de Schumpeter resumida en la primera parte. En estricto rigor, el emprendedor no se asimila al capitalista, quien pondera los resultados de su acción en virtud de la utilidad de sus esfuerzos. El emprendedor schumpeteriano no está orientado por el goce hedonístico de los bienes que puede adquirir como fruto de su conducta. En términos hedonísticos, la conducta del emprendedor sería irracional.
Es importante observar los rasgos del liberalismo igualitario o democrático de Rawls y sus diferencias con el liberalismo clásico, especialmente en su dimensión económica, y con el neoliberalismo. En este libro, se concede especial atención a lo que Rawls llama los elementos constitucionales esenciales en sus dimensiones políticas —la estructura general del gobierno— y sus relaciones con la libertad política y los elementos necesarios para regular la aplicación de la justicia distributiva, condición necesaria para el progreso de la igualdad. Entre estos últimos sobresalen aquellos encaminados a asegurar una efectiva igualdad de oportunidades, libertad de movimiento y provisión garantizada de los medios materiales para una vida digna. Las exigencias de la justicia distributiva podrían requerir una subordinación de la “racionalidad” del mercado a la “razonabilidad de la justicia”.
Además, señalamos las semejanzas entre el liberalismo igualitario o democrático con el liberalismo republicano kantiano de Habermas y las diferencias entre ambos autores con otros tipos de liberalismo que pueden categorizarse como comunitaristas.
El liberalismo igualitario o democrático también rechaza las concepciones utilitaristas del Estado, que sirven de fundamento al Estado mínimo reñido con la idea de justicia, y se cuestiona la idea de que el fin del Estado es la felicidad. La idea del fin del Estado que aquí se sostiene se limita a una concepción política de la justicia y es asunto de las personas definir su idea de felicidad de acuerdo a sus “doctrinas comprehensivas de la vida”. La definición política de la justicia es el resultado de consensos sobrepuestos entre distintas doctrinas comprehensivas y el dominio de la razón pública resultante de lo que Rawls llama “equilibrio reflexivo”. Equilibrio porque, al final, los juicios coinciden y reflexivo porque aceptamos sus supuestos. Una definición política de la justicia también comprende la estabilidad como expresión de un orden moral y no como simple modus vivendi, y discrepa del lugar común que alega que una sociedad meritocrática sería de suyo funcional al logro de los ideales de libertad e igualdad.
Luego, se amplía la idea de la justicia a la relación entre distintos tipos de pueblos: liberales, decentes, lastrados por condiciones económicas y sociales de larga duración, criminales y absolutistas benignos. Los liberales y decentes serían parte de la “sociedad de los pueblos”. Los primeros tendrían obligaciones de asistencia a los segundos y estos, aunque no gozarían de todas las libertades de los pueblos liberales, deberían ser dignos de respeto. Esta sería una condición sine qua non para el logro de una paz estable regulada por un nuevo “derecho de gentes”, considerado por Rawls como utopía, pero una “utopía realista”. Los pueblos decentes también serían “sociedades bien ordenadas”, en conformidad con la idea del bien común que ocuparía la idea de justicia prevaleciente en las sociedades liberales. Rawls manifiesta su esperanza de que en los pueblos liberales y decentes prevalezca la paz y la justicia dentro y fuera de sus territorios. El derecho de gentes establece que un mundo como