un sistema de responsabilidad patrimonial que involucre, no solo al Estado de manera genérica, sino al establecimiento educativo, en específico.
Se trata de que el papel pasivo que hasta ahora ha desempeñado la universidad pública frente a las protestas vandálicas de sus estudiantes se transforme en actuación; se requiere entonces que las obligaciones legales de los entes educativos frente a su cuerpo estudiantil y frente a los particulares, tenga total claridad con miras a desarrollar mecanismos en cabeza del establecimiento que modifiquen su posición de simple espectador.
La consideración legal de las universidades públicas como personas jurídicas autónomas con patrimonio propio, no puede restringirse a facultarlas para que se procuren su propia organización y políticas, sino que debe ser fuente de obligaciones y responsabilidades frente a la sociedad, dotándolas de los medios necesarios para el ejercicio de aquellas.
Antecedentes
La doctrina se ha dado a la tarea de desarrollar el tema de la responsabilidad del Estado y lo correspondiente al daño antijurídico, concepto adoptado en el Artículo 90 de la Constitución Política de 1991, advirtiendo su desarrollo anterior a nivel jurisprudencial, por lo que la referencia obligada en toda obra sobre responsabilidad son las decisiones judiciales, en principio de la Corte Suprema de Justicia y con posterioridad del Consejo de Estado como máximo tribunal de la jurisdicción contencioso administrativa.
El tema de la responsabilidad del Estado ha sido abordado por varios doctrinantes a nivel nacional; tratadistas como Jaime Vidal Perdomo (2010), Jaime Orlando Santofimio, quien de su “Tratado de Derecho Administrativo” (Santofimio, 1997), dedica uno de sus tomos a la responsabilidad estatal, o Libardo Rodríguez (2011), han desarrollado en sus obras completos estudios sobre todos los tópicos que implica el fenómeno del Estado moderno.
El Dr. Jaime Vidal Perdomo, en el Capítulo XIV de su obra “Derecho Administrativo” (Vidal, 2010), aborda el tema de la responsabilidad del Estado de manera general, destacando los elementos que se han mantenido como una constante desde la fundamentación jurídica, a partir del Derecho Civil hasta su autonomía dentro del Derecho Administrativo, siempre aludiendo a decisiones de las Altas Cortes como base del análisis; se constituye en una muy útil y clara introducción que sitúa al lector en lo relacionado con la responsabilidad estatal.
No es posible aludir al tema sin adentrarse en quien o quienes son pasibles de la titularidad de la misma, es decir, en quien recae la personería jurídica, asunto de especial relevancia en materia de lo público porque la variedad de entes dificulta la atribución de la responsabilidad, abriendo el abanico de posibilidades pese a que la afectación patrimonial es finalmente al erario público.
Uno de los estudios más destacados sobre este aspecto, y de necesaria referencia, es la obra del Dr. Libardo Rodríguez. En su libro “Derecho Administrativo: General y Colombiano” (Rodríguez, 2011), ajustado en su decimoséptima edición al Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, ofrece un completo estudio a lo que es la infraestructura del Estado colombiano, con los diferentes criterios de organización para luego, en el Título Tercero, tratar, también de forma muy completa, el tema de la “Responsabilidad administrativa”, desde su evolución histórica hasta llegar a la responsabilidad de los servidores públicos, sin dejar de lado, el desarrollo jurisprudencial del tema.
Por su parte el Dr. Juan Carlos Henao, quien ofrece un completo estudio sobre uno de los elementos esenciales de la responsabilidad, sino el central, en su obra “El Daño: análisis comparativo de la responsabilidad extracontractual del Estado en Derecho colombiano y francés” (Henao, 2007), explica el concepto, las clases de daño, el daño antijurídico como eje de la responsabilidad estatal; no llega al análisis de este aspecto, sin haber abordado el tema de la responsabilidad extracontractual del Estado.
La conferencia del Dr. Henao, en el “Seminario Internacional sobre la Responsabilidad Patrimonial del Estado” −organizado por la prestigiosa Universidad Nacional Autónoma de México-UNAM en octubre de 1999−, deja por escrito su intervención en el documento titulado “La Responsabilidad Patrimonial del Estado en Colombia”, donde puede destacarse el señalamiento de Colombia como “un país privilegiado en derecho comparado cuando de responsabilidad del Estado se trata”, señalando, además, que el principio de legalidad y de responsabilidad son ejes centrales del Estado social de derecho, sin olvidar el eminente tratamiento jurisprudencial del tema.
Otra de las obras destacadas en materia de responsabilidad extracontractual es la obra del Dr. Álvaro Bustamante Ledesma “La Responsabilidad Extracontractual del Estado” (Bustamante L., 2003), en donde se aborda el tema desde la evolución de la teoría de la responsabilidad del Estado, hasta dedicar el Capítulo décimo primero, a tratar jurisprudencias, en su criterio, determinantes, para los diferentes regímenes de responsabilidad, objetivo y subjetivo, incluyendo como novedad para la época, sentencia sobre responsabilidad por atentados terroristas.
Por su parte, el Dr. Jaime Orlando Santofimio Gamboa, decide elaborar un completo “Tratado de Derecho Administrativo” (1997), desarrollando en varios tomos un estudio específico de cada uno de los temas macro que comprende el Derecho Administrativo; en el primero plantea los conceptos básicos del Derecho Administrativo, que marcan la organización del Estado, determinante en su facultad de responder. También ha sido ponente en innumerables jurisprudencias sobre responsabilidad, emanadas del Consejo de Estado.
Merece especial mención en la producción bibliográfica del Dr. Santofimio la conferencia titulada “Convencionalidad y responsabilidad del Estado” (Santofimio Gamboa, 2015), emitida mediante videoconferencia del Consejo de Estado en línea, el día veinticinco de mayo de 2019, en la que se destaca en relación con la responsabilidad, el señalamiento de la función del Estado como determinante de su responsabilidad, la visión de la causalidad ya no como elemento, sino como criterio auxiliar en la atribución de la responsabilidad, indicando, además, que los títulos de imputación no se constituyen como “camisas de fuerza” para el operador jurídico, en los que necesariamente deba ubicar una atribución en casos concretos, sino como una metodología de imputación de responsabilidad.
Otro de los autores que se ha dado al estudio de la responsabilidad del Estado es el Dr. Javier Tamayo, en su obra “La responsabilidad del Estado: El daño antijurídico, el riesgo excepcional y las actividades peligrosas” (Tamayo, 2012); hace un estudio doctrinal y jurisprudencial de lo que podría agruparse dentro del llamado régimen objetivo de responsabilidad estatal, desentrañando las características de cada uno de estos títulos de imputación.
Dentro de la copiosidad bibliográfica en el tema de responsabilidad del Estado, se destacan especialmente las obras que han determinado el rumbo en temas puntuales como la responsabilidad por actos terroristas o la responsabilidad médica que, si bien deben acudir a la fuente indispensable de la jurisprudencia y el análisis en instancia del Derecho comparado, introducen en los elementos ya existentes nuevas propuestas en la materia.
El Dr. Ciro Nolberto Güechá Medina, aborda la responsabilidad del Estado desde la óptica de los actos de terrorismo; en la “Responsabilidad del Estado por actos de terrorismo” (Güechá, 2012), haciendo un estudio histórico del tema de la responsabilidad y un análisis del fenómeno del terrorismo que ha permeado la realidad colombiana, advirtiendo sobre la necesidad de que el Estado asuma la carga de los daños ocasionados como consecuencia de los actos terroristas, determinando los elementos que integran tal responsabilidad.
De otra parte el Dr. Wilson Ruiz Orejuela, en su libro “Responsabilidad del Estado y sus regímenes” (Ruiz, 2010), se adentra en el mundo de los sistemas de imputación de la responsabilidad extracontractual del Estado, haciendo especial énfasis en la responsabilidad por falla en el servicio relativo a la responsabilidad médica, tema álgido en la realidad colombiana, generador de cuantiosas condenas patrimoniales al Estado por deficiencias en la prestación del servicio; de igual forma, hace un análisis en instancias menos comunes de responsabilidad como la generada por el Estado legislador, por actos terroristas, por privación injusta de la libertad, por daños a los conscriptos, por daños a los reclusos, de los servidores públicos, entre otros.
Estas dos últimas obras señaladas