Jorge Enrique Salcedo Martínez S J

Historias del hecho religioso en Colombia


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y mujeres, viejos y mozos, con todos los niños, así infieles como cristianos y entraban luego al templo, donde daba comienzo a la misa. Llegada la hora del prefacio, sacaba del interior a todos aquellos que no estaban bautizados. Cuando se terminaba la misa, volvían a reunirse todos y el sacerdote, en voz alta, recitaba las oraciones que se llamaban “dominicales” y les enseñaba signarse con la cruz. Después de esto les predicaba, dándoles a entender la virtud de los sacramentos y las cosas que debían creer, persuadiéndolos a dejar sus ritos y dándoles a conocer a Dios.51

      La orden franciscana, como lo expresa Luis Carlos Mantilla, consagró toda una serie de métodos apostólicos para el adoctrinamiento de los naturales; sin embargo, una de las dificultades que imposibilitaban dicho trabajo, como se mencionó anteriormente, era la lengua, lo que obligó en muchos casos a que los frailes aprendieran los idiomas y dialectos de los indígenas. A pesar de este esfuerzo por establecer canales de comunicación directos, el dicho sínodo de 1556 consagraría lo dispuesto por el emperador Carlos V en la real cédula del 7 de junio de 1550, mandando a enseñar el castellano entre los indígenas bajo pena de excomunión. Dicha cédula expresa:

      Venerable y devoto padre provincial de la Orden de San Francisco del Nuevo Reino de Granada: como tenéis entendido de nuestra real voluntad, nos deseamos en todo lo que es posible procurar de traer a los indios naturales de esas partes al conocimiento de nuestro Dios y dar orden en su instrucción y conversión a nuestra santa fe católica. // Y habiendo muchas veces platicado en ello, uno de los medios principales que ha parecido que se debía tener para conseguir esta obra y hacer en ella el fruto que deseamos, es procurar que esas gentes sean enseñados en nuestra lengua castellana y que tomen nuestra policía y buenas costumbres.52

      Las doctrinas, que eran puestos permanentes de catequesis que se iban convirtiendo en parroquias de indios, estaban adscritas a las parroquias y conventos más cercanos. En el caso de la orden franciscana, en los primeros años de su llegada, “casi todos los pueblos de doctrinas que hay y ha habido en los términos de la ciudad de Santafé tenían circunscripción franciscana”53, es decir, los poblados de Bosa, Suba, Funza, Chía, Cogua, Némesa, Fusagasugá, Zipacón, Nemocón, Pasca, Sopó, Usaquén y Zipaquirá. El convento de Tunja tenía asignadas diez casas de doctrinas, entre las que se destacaba la de Sogamoso. El convento de Cartagena poseía cinco doctrinas entre los indios malibúes.

      Como lo expone Fray Pedro Simón, para 1551 el convento franciscano de Santafé tenía a su cuidado doce casas de doctrinas sujetas a los guardianes; respecto a las doctrinas de la ciudad de Tunja: “Lo está hoy en la iglesia del convento que allí tenemos edificado, a quien están sujetos los doctrineros de los demás pueblos del valle que tiene a su cuidado nuestra Orden, que con ellas y las demás doctrinas que están sujetas al convento de la ciudad de Tunja hacen el número de ocho, en que están ocupados ocho religiosos de ordinario”54. En el caso del convento de Vélez, este poseía a su cargo “tres doctrinas, de que se ocupan tres religiosos, doctrinando cada uno tres o cuatro pueblos”55.

      Para 1587, como lo señala fray Pedro Simón, llega al Nuevo Reino de Granada una real cédula en la que se dispone el nuevo tratamiento religioso y pecuniario que debían de implantar los misioneros franciscanos en sus doctrinas:

      El Rey, Presidente y Oidores de mi Real Audiencia que residen en la ciudad de Santafé del Nuevo Reino de Granada, yo he sido informado que por hacer mucho fruto los frailes de la Orden de San Francisco en la conversión de los indios de esta provincia, y tener mucho cuidado de volver y mirar por ellos, y defender-los de los que procuraban agraviar y molestar, los desean los encomenderos en sus pueblos y que convenía se pusiesen en los que están en mi Real Corona, como lo han pedido alunas los oficiales de mi Real Hacienda, ordenando que los dichos religiosos, ni otros ningunos que estuviesen en doctrinas no puedan pedir a los dichos indios gallinas, huevos, maíz, ni una raíz de que se sustentan, sino que libre y desinteresadamente los enseñen y administren los santos sacramentos, sin querer de ellos dádiva alguna, porque además de ser esto lo que deban hacer, los dichos indios son tan pobres y miserables y tienen tan poca defensa que con lo que les piden sin resistencia y dándolo reciben mucho daño, y porque ambas parecen de consideración os mando que lo veáis y ordenéis lo que más convenga a la buena doctrina y conversión de los dichos indios y a que no sean vejados ni molestados. Fecha en Madrid, a 20 de enero de 1587 años. Yo el Rey. Por el mandato del Rey Nuestro señor Juan Fluorra.56

      LOS CUSTODIOS

      La imprecisión de las fuentes se evidencia al verificar que son tres, como propone Mantilla, las listas que se manejan respecto al nombre de los superiores que gobernaron la custodia en sus quince años de historia; sin embargo, es difícil establecer entre dichas listas indicaciones cronológicas sobre los gobiernos y coincidencias entre los nombres:

      1. Lista de Fray Esteban de Asencio (la que más se acerca a los datos que aporta Mantilla):

      Fray Jerónimo de San Miguel

      Fray Juan de San Filiberto

      Fray Francisco Pedroche

      Fray Manuel de la Magdalena

      Fray Miguel de los Ángeles

      Fray Esteban de Asencio

      2. Lista de Fray Pedro Simón:

      Fray Francisco de Victoria

      Fray Jerónimo de San Miguel

      Fray Miguel de los Ángeles

      Fray José Maz

      Fray Juan Bélmez

      Fray Gaspar Sarmiento

      Fray Esteban de Asencio

      Fray Pedro de Arenillas

      Fray Francisco Pedroche

      3. Lista de Juan Flórez de Ocariz (escribano mayor de la Cancillería de la Audiencia):

      Fray Francisco de Victoria

      Fray Jerónimo de San Miguel

      Fray José Maz

      Fray Juan Bélmez

      Fray Gaspar Sarmiento

      Fray Esteban de Asencio

      Fray Francisco Pedroche

      A estas listas se suma la propuesta por Gregorio Arcila57, quien, uniendo las listas de custodios de Fray Pedro Simón y fray Esteban de Asencio, expone que los custodios en el Nuevo Reino fueron:

      Fray Francisco de Vitoria, fundador

      Fray Jerónimo de San Miguel

      Fray Juan de San Filiberto, francés

      Fray Francisco de Pedroche

      Fray Manuel de la Magdalena

      Fray Miguel de los Ángeles

      Fray José Maz

      Fray Juan de Velmez

      Fray Gaspar Sarmiento

      Fray Esteban de Asencio

      Fray Pedro de Avenillas

      Fray Francisco de Pedroche

      Puede que el primer custodio que haya tenido la provincia haya sido fray Francisco de Victoria58, por haber sido el encargado de traer el primer grupo de la orden y por convocar a capítulo para elegir custodio; sin embargo, la mayoría de autores concluyen que este primer gobierno estuvo a cargo de fray Jerónimo de San Miguel, quien, como se mencionó anteriormente, después de denunciar a los oidores fue encarcelado y desterrado del Nuevo Reino de Granada.

      El sucesor del religioso San Miguel fue fray Juan de San Filiberto, quien ya había estado en el Nuevo Reino entre los años de 1540 y 1541, y parte hacia Perú por inconvenientes presentados con el adelantado Don Alonso de Lugo. Para 1547, el religioso se encuentra en Quito, y en 1551 está en Panamá; terminado su gobierno vuelve a España en fecha desconocida. Fray Francisco de Pedroche