‹Bis› ovans triumphavi et tri‹s egi› curulis triumphos et appella‹tus sum v›iciens et semel imperator, ‹decernente plu›ris triumphos mihi senatu, qu‹ibus omnibus su›persedi. l‹aurum de f›asc‹i›bus deposui in Capi‹tolio votis, quae› quoque bello nuncupaveram, ‹sol›utis. ob res a ‹me aut per legatos› meos auspicis meis terra ma‹riqu›e pr‹o›spere gestas qui‹nquagiens et q›uinquiens decrevit senatus supp‹lic›andum esse dis immortalibus. dies a‹utem, pe›r quos ex senatus consulto ‹s›upplicatum est, fuere DC‹CCLXXXX. in triumphis meis› ducti sunt ante currum meum reges aut r‹eg›um lib‹eri novem. consul f›ueram terdeciens, cum ‹scribeb›a‹m› haec, ‹et eram se›p‹timum et tricen‹simu›m tribuniciae potestatis.
IV.1 Dos veces recibí la ovación y celebré tres veces el triunfo curul, y fui aclamado veintiuna veces emperador, aunque el Senado decretó en mi favor otros triunfos más, que decliné. Deposité los fasces de laurel en el Capitolio, cumpliendo los votos que hice en cada una de las guerras.
IV.2 Cincuenta y cinco veces el Senado decretó rogativas a los dioses inmortales por las felices empresas cumplidas en tierra o mar por mí o mis legados bajo mis auspicios. Alcanzaron a ochocientos noventa los días en los cuales, por decreto del Senado, fueron pronunciadas oraciones.
IV.3 En mis triunfos fueron conducidos delante de mi carro nueve reyes o hijos de reyes.
IV.4 Cuando escribo estas memorias he sido cónsul trece veces y desempeño por trigésima séptima vez la Tribunicia Potestad.
‹V›
‹Dic›tat‹ura›m et absent‹i e›t praesent‹i mihi delatam et a popu›lo et a se‹na›tu ‹M. Marce›llo e‹t› L. Arruntio ‹cos.› non rec‹epi. non sum› depreca‹tus› in s‹umma f›rum‹enti p›enuria curatio‹n›em an‹non›ae ‹qu›am ita ad‹min›ist‹ravi, ut intra› die‹s› paucos metu et periclo p‹r›aesenti civitatem univ‹ersam liberarim impensa› et cura mea. consul‹atum› quoqu‹e› tum annuum e‹t perpetuum mihi› dela‹tum non recepi›.
V.1 No acepté la dictadura que me ofreció el Pueblo y el Senado mientras estuve ausente o presente en la ciudad, bajo el consulado de M. Marcelo y L. Arruntio.
V.2 No rechacé el encargarme del aprovisionamiento de grano en momento de la gran escasez de este; administré las cosas de tal manera de liberar en pocos días a la ciudad entera del peligro y el temor gracias a mis gastos y preocupaciones.
V.3 No acepté el consulado anual y perpetuo que se me ofreció.
‹VI›
‹Consulibus M. Vinicio et Q. Lucretio› et postea P. Lentulo et Cn. L‹entulo et tertium Paullo Fabio Maximo et Q. Tuberone senatu populoq›u‹e Romano consentientibus› ut cu‹rator legum et morum summa potestate solus crearer, nullum magistratum contra morem maiorum delatum recepi. quae tum per me geri senatus› v‹o›luit, per trib‹un›ici‹a›m p‹otestatem perfeci, cuius potes›tatis conlegam et ‹ips›e ultro ‹quinquiens a sena›tu ‹de›poposci et accepi.
VI.1 Bajo el consulado de Marco Vinicio y Quinto Lucrecio, y luego bajo el de Publio Léntulo y Cneo Léntulo, y por tercera vez bajo Paulo Fabio Máximo y Quinto Tuberón, el Senado y el Pueblo romano quisieron designarme único y todopoderoso superintendente de las leyes y las costumbres, pero yo no acepté ninguna magistratura contraria a las costumbres de nuestros antepasados.
VI.2 Y aquellos actos que el Senado quiso que entonces fuesen realizados por mí, los llevé a cabo sobre la base de la Tribunicia Potestad, en la cual por cinco veces, de forma espontánea, solicité y obtuve un colega.
‹VII›
‹Tri›umv‹i›rum rei pu‹blicae c›on‹s›ti‹tuendae fui per continuos an›nos ‹decem. p›rinceps s‹enatus fui usque ad e›um d‹iem, quo scrip›seram ‹haec, per annos› quadra‹ginta. pon›tifex ‹maximus, augur, quindecimvir›um sacris fac‹iundis, septemvirum ep›ulon‹um, frater arvalis, sodalis Titius›, fetialis fui.
VII.1 He sido triunviro para la ordenación de la República por diez años seguidos.
VII.2 He sido princeps del Senado por cuarenta años hasta el momento en que escribo estas memorias.
VII.3 He sido pontífice máximo, augur, parte de los quince hombres encargados de los ritos sacros, parte de los siete hombres epulones. También he pertenecido a los Hermanos Arvales y a los Titios, y asimismo he desempeñado el cargo de heraldo fecial.
‹VIII›
Patriciorum numerum auxi consul quintum iussu populi et senatus. senatum ter legi. et in consulatu sexto censum populi conlega M. Agrippa egi. lustrum post annum alterum et quadragensimum fec‹i›. quo lustro civium Romanorum censa sunt capita quadragiens centum millia et sexag‹i›nta tria millia. tum ‹iteru›m consulari cum imperio lustrum ‹s›olus feci C. Censorin‹o et C.› Asinio cos., quo lustro censa sunt civium Romanorum ‹capita› quadragiens centum millia et ducenta triginta tria m‹illia. et te›r›tium consulari cum imperio lustrum conlega Tib. Cae‹sare filio› m‹eo feci› Sex. Pompeio et Sex. Appuleio cos., quo lustro ce‹nsa sunt› civ‹ium Ro›manorum capitum quadragiens centum mill‹ia et n›onge‹nta tr›iginta et septem millia. legibus novi‹s› m‹e auctore l›atis m‹ulta e›xempla maiorum exolescentia iam ex nostro ‹saecul›o red‹uxi et ipse› multarum rer‹um exe›mpla imitanda pos‹teris tradidi›.
VIII.1 Siendo cónsul por la quinta vez, por voluntad del Pueblo y del Senado aumenté el número de los patricios.
VIII.2 Tres veces depuré el Senado, y en el sexto consulado, teniendo como colega a Marco Agripa, hice el censo de la población. Celebré la ceremonia lustral después de cuarenta y dos años y en esta ocasión fueron registrados cuatro millones sesenta y tres mil ciudadanos romanos.
VIII.3 Por segunda vez hice la ceremonia lustral, revestido del poder consular con imperio único, bajo el consulado de C. Censorino y C. Asinio, y en este censo fueron registrados cuatro millones doscientos treinta y tres mil ciudadanos romanos.
VIII.4 Y por la tercera vez, investido del poder consular con imperio, teniendo como colega a mi hijo Tiberio César, realicé la ceremonia lustral bajo el consulado de Sexto Pompeyo y de Sexto Apuleyo, y en esta ocasión fueron registrados cuatro millones novecientos treinta y siete mil ciudadanos.
VIII.5 Con nuevas leyes, promulgadas a propuesta mía, restablecí costumbres antiguas y yo mismo transmití a las generaciones futuras muchas costumbres dignas de imitar.
‹IX›
Vota p‹ro salute mea susc›ipi p‹er cons›ules et sacerdotes qu‹in›to qu‹oque anno decrevit senatus. ex iis› votis s‹ae›pe fecerunt vivo m‹e ludos aliquotiens sacerdotu›m quattuor amplissima conle‹gia, aliquotiens consules. pr›iva‹ti›m etiam et municipatim univer‹si cives unanimite›r con‹tinente›r apud omnia pulvinaria pro vale‹tu›din‹e mea s›upp‹licaverunt›.
IX.l El Senado decretó que cada cuatro años los cónsules y los sacerdotes hiciesen votos por mi salud. Para celebrar estos votos se celebraron frecuentemente juegos en vida mía, algunas veces los realizaron los cuatro más venerados colegios de sacerdotes y otras veces los cónsules.
IX.2 Y también en privado, así como por municipios, todos los ciudadanos, en forma unánime, y constantemente, ofrecieron oraciones en los altares por mi salud en todas las fiestas públicas.