Inmaculada Pavía Sánchez

Gestión auxiliar de personal. ADGG0308


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de la Seguridad Social se lleva a cabo por la Ley General de la Seguridad Social cuyo texto refundido es aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015. Esta norma regula las relaciones de los trabajadores y empresarios con la Seguridad Social y las prestaciones sociales a las que los trabajadores tienen derecho, siendo su estructura la siguiente:

Título I Normas generales del sistema de Seguridad Social:Título II Régimen general de la Seguridad Social:Título III Protección por desempleo:
- Campo de aplicación y estructura del sistema de la S.S.- Afiliación, cotización y recaudación.- Acción protectora.- Gestión de la Seguridad Social.- Colaboración en la gestión de la S.S.- Régimen económico.- Procedimiento y notificaciones en materia de S.S.- Campo de aplicación.- Inscripción de la empresa y normas sobre afiliación, cotización y recaudación.- Aspectos comunes de la acción protectora.- Prestaciones de la S.S. y normas generales.- Normas generales.- Nivel contributivo.- Nivel asistencial.- Régimen de las prestaciones.- Disposiciones especiales aplicables a determinados colectivos.- Régimen de obligaciones, infracciones y sanciones.- Derecho supletorio.
- Campo de aplicación- Afiliación, cotización y recaudación.- Acción protectora.- Sistema especial para trabajadores por cuenta propia agrarios.- Disposiciones generales.- Situación legal de cese de actividad en supuestos especiales.- Régimen de la protección.- Régimen financiero y gestión de las prestaciones.- Régimen de obligaciones, infracciones y sanciones.- Prestaciones familiares en su modalidad contributiva.- Pensiones no contributivas.- Disposiciones comunes a las prestaciones no contributivas.

      En la práctica, la gestión de la Seguridad Social se realiza a través de instituciones públicas y privadas, siendo por tanto su estructura la siguiente:

      1 Competencia ministerial: reservada al Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.

      2 Entidades gestoras:INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) reconoce el derecho a la asistencia sanitaria y a prestaciones económicas, excluyendo el desempleo.INSALUD (Instituto Nacional de Salud) se encarga de la administración y gestión de los servicios sanitarios, aunque dichas competencias están delegadas a las diferentes comunidades autónomas.IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales).ISM (Instituto Social de la Marina) asiste a los trabajadores del mar y gestiona este régimen especial.

      3 Servicios comunes:Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), cuya función es gestionar los recursos económicos y la administración financiera.Gerencia de informática, tiene como función la informatización del sistema de la Seguridad Social.

      4 Entidades colaboradoras:Mutuas patronales, son asociaciones de empresarios que se agrupan para gestionar conjuntamente una serie de servicios relacionados con la atención a sus trabajadores por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.Empresas, estas colaboran en la gestión de la Seguridad Social. De forma obligatoria, abonando prestaciones que posteriormente son reintegradas por la Seguridad Social. Y voluntariamente, asumen funciones de asistencia sanitaria y la gestión de prestaciones, tanto en supuestos de enfermedad común o profesional, como accidentes laborales o no laborales.

      5 Organismos autónomos:SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) cuya función es reconocer, suspender, reanudar y extinguir el derecho a las prestaciones por desempleo.IMSHT (Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo) cuya función es asesorar y controlar las acciones dirigidas a la disminución de los riesgos laborales, accidentes laborales y enfermedades profesionales.

       Sabía que...

      Por DA 7ª de la Ley 27/2011 se crea la Agencia Estatal de la Administración de la Seguridad Social, que se constituirá y entrará en funcionamiento con la aprobación de su correspondiente Estatuto acordado en Consejo de Ministros.

      Dicha Agencia integrará las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social, así como su personal y funciones, las cuales son: Instituto Nacional de la Seguridad Social, Instituto Social de la Marina, Tesorería General de la Seguridad Social, Gerencia de Informática de la Seguridad Social y Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social.

      5.1. Campo de aplicación

      El campo de aplicación de la Seguridad Social hace referencia al conjunto de personas que se incluyen dentro del Sistema de la Seguridad Social, de forma que van a ser sujetos de derechos y obligaciones, siempre que ejerzan su actividad en territorio nacional y estén incluidos, según el artículo 7.1 de la LGSS, en alguno de los siguientes apartados:

      1 Trabajadores por cuenta ajena.

      2 Trabajadores por cuenta propia o autónomos mayores de 18 años.

      3 Socios trabajadores de Cooperativas de Trabajo Asociado.

      4 Estudiantes.

      5 Funcionarios públicos, civiles y militares.

      La Seguridad Social se mantiene, básicamente de las aportaciones económicas que realizan los citados sujetos y las empresas. Dichas aportaciones, obligatorias, se realizan mediante las cotizaciones, las cuales darán lugar al acceso a prestaciones y servicios que se incluyen dentro de la modalidad contributiva, tal como se estudiará más adelante.

      Pero la Seguridad Social no solo protege a los sujetos que contribuyen con sus cotizaciones a su mantenimiento, sino que determinados sujetos por cumplir ciertas condiciones tales como: situación de necesidad y carencia de recursos económicos propios, tendrán acceso a determinadas prestaciones denominadas no contributivas.

      5.2. Derechos y deberes de los sujetos obligados

      Tal como se ha comentado con anterioridad, la Seguridad Social se mantiene, básicamente, de las aportaciones económicas que realizan los trabajadores y las empresas. Por lo tanto, uno de los deberes fundamentales de las empresas y sus trabajadores es cotizar.

      La cotización se lleva a cabo a través de la aportaciones realizadas por las empresas y sus trabajadores.

       Aplicación práctica

       Rafael, pescador desde hace 20 años, a causa de una neumonía necesita hospitalización. En este caso, ¿podría Rafael percibir alguna ayuda? En caso afirmativo, ¿ante qué entidad?

       SOLUCIÓN

      Sí, puede percibir la prestación económica de incapacidad temporal por enfermedad común. La entidad que gestiona esta prestación es el ISM.

      Otro de los deberes del empresario, es evaluar, organizar y planificar la prevención de los riesgos laborales en su actividad empresarial. Para ello, la empresa podrá asumir las actividades preventivas (personalmente, a través de trabajadores cualificados, estableciendo un servicio de prevención propio) o contratar un Servicio de prevención ajeno.

      Aquellas empresas que contraten determinados colectivos de trabajadores y cumplan con determinados requisitos, tendrán derecho a la aplicación de determinadas bonificaciones por los costes sociales de sus trabajadores (disminución del pago a la Seguridad Social).

      En cuanto a los derechos de los trabajadores, estos tendrán acceso a determinadas prestaciones, siempre y cuando cumplan con determinados requisitos. Algunas de dichas prestaciones son:

Prestaciones del Régimen General de la Seguridad social (derechos)
Asistencia sanitariaPrestación de servicios médicos y farmacéuticos necesarios para conservar o restablecer la salud de las personas protegidas y su aptitud para el trabajo, así como servicios de recuperación física y, en algunos casos, prótesis y aparatos ortopédicos.
Incapacidad temporalSituación