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CAPÍTULO 2 Programa de detección sanitaria previo a la participación y estratificación de riesgos
De la participación en una actividad física regular derivan numerosos beneficios fisiológicos, psicológicos y metabólicos para la salud/condición física. Como se muestra en el capítulo 1, sin embargo, hay riesgos documentados y asociados con la actividad física. Aunque haya riesgo de lesiones musculoesqueléticas agudas durante el ejercicio, la principal inquietud es el mayor riesgo de muerte cardíaca súbita e infarto de miocardio a veces asociados con un esfuerzo físico vigoroso. Uno de los principales objetivos sanitarios es aumentar la participación individual en una actividad física regular, moderada a vigorosa. La búsqueda de este objetivo debe incluir un proceso de identificación de las personas con mayor riesgo de episodios indeseables relacionados con el ejercicio. Al mismo tiempo, el proceso de estratificación de riesgos no debe plantear un obstáculo significativo a la participación. Este capítulo presenta pautas para (a) evaluar el riesgo individual de episodios indeseables en relación con el ejercicio, y (b) hacer recomendaciones apropiadas sobre el inicio, continuación o progresión del programa de actividad física individual con el fin de reducir la frecuencia potencial de estos tipos de eventos catastróficos.
Los participantes potenciales deben ser sometidos a un examen discriminatorio que detecte la presencia, los signos, síntomas y/o factores de riesgo de diversas enfermedades cardiovasculares, pulmonares y metabólicas, así como otras situaciones (p. ej., embarazo, lesiones musculoesqueléticas) que requieran atención especial (16, 18, 19), con el fin de (a) mejorar la seguridad durante la prueba de esfuerzo, y (b) ayudar al desarrollo de una prescripción segura de ejercicio eficaz. Los propósitos del programa de detección sanitaria previo a la participación son los siguientes:
•Identificación de personas con contraindicaciones médicas que recomienden la exclusión de programas de ejercicio hasta que esas patologías hayan remitido o estén controladas.
•Reconocimiento de personas con afecciones o enfermedades clínicamente significativas que deban participar en un programa de ejercicio supervisado por médicos.
•Detección de personas con un mayor riesgo de enfermedades por la edad, síntomas y/o factores de riesgo que deban ser sometidas a una evaluación médica y una prueba de esfuerzo antes de iniciar un programa de ejercicio o aumentar la frecuencia, intensidad o duración de su programa.
•Reconocimiento de necesidades especiales que puedan influir en la prueba de esfuerzo y la programación del ejercicio.
Las técnicas para la estratificación de riesgos inicialmente tienen en cuenta si las personas realizan la actividad por su cuenta o si están consultando a un profesional sanitario o de la condición física. El individuo que autogestione el tema lo más probable es que necesite una herramienta relativamente sencilla y un proceso de toma de decisiones que determine si su riesgo es elevado hasta el punto de tener que consultar a un médico antes de iniciar un programa de actividad física, sobre todo si la intensidad pretende ser vigorosa (1, 6, 7). Un profesional de la salud o la condición física debe seguir una secuencia lógica y práctica al recabar y evaluar la información sobre la salud del individuo, y tendrá que valorar los riesgos y hacer las recomendaciones apropiadas sobre técnicas adicionales de detección sanitaria y actividad física (p. ej., Frecuencia, Intensidad, Tiempo y Tipo de Ejercicio, o valores FITT; véase capítulo 7). El Colegio Norteamericano de Medicina del Deporte (ACSM) aporta pautas para la estratificación de riesgos en este capítulo, pero también acepta las pautas de estratificación de riesgos publicadas por otras organizaciones, como la Asociación Americana del Corazón (AHA) (1, 12, 18, 19) y la Asociación Americana de la Rehabilitación Cardiovascular y Pulmonar (AACVPR) (4). Los profesionales del ejercicio y la salud/condición física también deben estar familiarizados con estas otras pautas al establecer políticas específicas del programa y el individuo para el programa de detección sanitaria previo a la participación y para la autorización médica, sobre todo en poblaciones con una enfermedad cardiovascular diagnosticada.
PROGRAMA DE DETECCIÓN PREVIO A LA PARTICIPACIÓN
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