Juan Manuel Villulla

Las cosechas son ajenas


Скачать книгу

despido”. De hecho, la pericia confirmaba un poco lo que buscaba su abogado, sustentando el pedido de una indemnización por los “daños y perjuicios” ocasionados a su cliente.

      El juicio fue mucho más complicado de lo planeado. En efecto, la defensa patronal negó todo. No sólo la supuesta depresión de Amici luego del despido, sino el despido mismo. Esto es, desconoció la existencia de una relación laboral de tipo regular, así como la pertinencia del reclamo en el marco de la vigencia del decreto ley 22.248 instaurado por la última dictadura. Lo peor del caso es que, en eso, la abogada de los hermanos Vitelli tenía parte de razón: esa normativa que rigió el trabajo rural luego de 1980, era favorable a ellos en este y en muchos otros puntos. Y según ella, un asalariado como Ramón, que trabajó estacionalmente a lo largo de quince años para los mismos patrones, haciendo las mismas tareas e incluso cumpliendo obligaciones de ajuste y reparación de maquinaria en la contra estación —es decir, trabajando todo el año—, no era más que un “empleado temporario”. Esta fue la piedra angular de la defensa patronal, según la cual sus clientes no habían despedido a ningún peón, sino que sencillamente “no lo habían contratado” para trabajar ese año.

      Las situaciones de Amici o Sumich no fueron casos aislados, sino que expresaron los términos en que se hicieron y deshicieron miles de contratos entre obreros y patrones de la agricultura pampeana luego de 1980. Más que un “vacío legal”, lo que sufrieron los peones fue un doble juego consistente, de un lado, en una legislación que cuando se ponía en juego les era desfavorable; y de otro, en la falta de controles para el cumplimiento de los aspectos de la normativa que contemplaran algunos de sus derechos básicos. En otras palabras, el Estado no verificó adecuadamente que los trabajadores estuvieran en el marco de la ley en lo que hacía a la recepción de aportes jubilatorios, asignaciones familiares y demás derechos; pero sí lo hizo para controlar el cumplimiento de los elementos de la legislación que convenían a los intereses patronales. Entre otras cosas, en este tipo de situaciones consistió la ofensiva del capital sobre el trabajo en la agricultura pampeana luego de los años ‘70.

      Como parte de este orden laboral, los trabajadores cobraron poco, “en negro”, y en general, a destajo. Es así que para averiguar cuánto era lo que realmente recibía Amici por su labor, la Justicia tuvo que realizar un verdadero trabajo detectivesco. Entre otras cosas, los jueces tuvieron que mandar a realizar peritajes contables a la Asociación de Cooperativas Argentinas —una de las principales comercializadoras de granos del país—, porque resultó que los hermanos Vitelli le pagaban a su peón un 10% de la tarifa que cobraban por cosechar un campo, y esa tarifa eran 2 quintales de soja por hectárea. La tarea de los peritos fue traducir esa figura en un monto de dinero más o menos asible, que permitiera a los magistrados calcular la suma de una probable indemnización, o la medida en que las remuneraciones de Amici estaban en regla con las que pautaban las tablas salariales oficiales, que a la sazón, eran fijadas por esos años por el Estado sin instancias de discusión en la que participara ningún representante obrero rural.