Jesús Zamora Bonilla

Argumentación y pragma-dialéctica


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de los esquemas adoptados son admisibles. Esto implica determinar cuáles cuestiones críticas son las que en estos esquemas argumentales requieren respuesta.13 Si en el contexto institucional de que se trate comparar es en principio un tipo admisible de argumentación, entonces se podría, por ejemplo, estipular que argumentaciones de este tipo sólo se considerarán decisivas si no puede demostrarse ninguna diferencia relevante entre los casos comparados. Puesto que verificar la aceptabilidad del esquema argumental se reduce a escudriñar que de la proposición o proposiciones expresas en la argumentación se pueda pasar a la proposición expresadas en el punto de vista, introducimos en la regla 8 el llamado Procedimiento de Verificación Intersubjetiva.

      Regla 8

      a. El protagonista ha logrado defender un complejo acto verbal de argumentación contra un ataque del antagonista respecto de la fuerza con la que ese acto justifica o refuta un punto de vista si se produce un resultado positivo sea al aplicar el Procedimiento de Inferencia Intersubjetiva, sea al aplicar el Procedimiento de Verificación Intersubjetiva (tras aplicar el Procedimiento de Explicitación Intersubjetiva).

      b. El antagonista ha logrado atacar la fuerza con la que la argumentación justifica o refuta si se produce un resultado negativo sea al aplicar el Procedimiento de Inferencia Intersubjetiva, sea al aplicar el Procedimiento de Verificación Intersubjetiva (tras aplicar el Procedimiento de Explicitación Intersubjetiva).

      Ahora podemos indicar cuándo el protagonista ha defendido conclusivamente un punto de vista inicial o un sub-punto de vista mediante argumentación, y cuándo el antagonista ha atacado conclusivamente tal punto de vista. Para una defensa conclusiva de un punto de vista, el protagonista debe haber logrado defender tanto el contenido proposicional de la argumentación (tal como lo prescribe la regla 7) como la fuerza con la que justifica o refuta la proposición asociada al punto de vista (tal como lo prescribe la regla 8). Para un ataque conclusivo de un punto de vista, el antagonista debe haber logrado atacar sea el contenido proposicional de la argumentación sea la fuerza justificatoria o refutatoria (tal como lo prescriben las reglas 7 y 8). El antagonista puede tratar de hacer ambas cosas (en virtud de la regla 6), pero para un ataque conclusivo del punto de vista es suficiente tener éxito en uno de las dos líneas de ataque. La regla 9 establece esto:

      Regla 9

      a. El protagonista ha defendido conclusivamente un punto de vista inicial o un sub-punto de vista si ha logrado defender tanto el contenido proposicional tal como lo cuestionó el antagonista o su fuerza justificatoria o refutatoria tal como la cuestionó el antagonista.

      b. El antagonista ha atacado conclusivamente el punto de vista del protagonista si ha logrado atacar sea el contenido proposicional sea la fuerza justificatoria o refutatoria del complejo acto verbal de argumentación.

      Tal como se formula en el libro Una teoría sistemática de la argumentación, el procedimiento para conducir una discusión crítica resulta demasiado técnico como para que pueda ser de uso inmediato por parte de interlocutores ordinarios. Por ello es que, para propósitos prácticos, hemos complementado este modelo teórico para el examen del discurso argumentativo con un código más simple de conducta para interlocutores razonables que deseen resolver sus diferencias de opinión mediante la argumentación. Este código de conducta se basa en la comprensión que hemos ganado, la cual se expresa en el procedimiento pragma-dialéctico de discusión y consiste en una lista de diez requisitos básicos para la conducta razonable en el discurso argumentativo. Los requisitos se formulan como reglas prohibitivas dirigidas a evitar que se dé en el discurso un solo paso argumentativo que obstruya o impida la resolución de una diferencia de opinión. Las reglas más pertinentes para la explicación de cómo vemos la relación entre lógica y argumentación son la 5, llamada Regla de Premisas Inexpresas, la 7, llamada Regla de Validez, y la 8, llamada Regla de Esquemas Argumentales.

      La Regla de Premisas Inexpresas (regla 5) se asegura de que cada parte de la argumentación del protagonista pueda ser críticamente examinada por el antagonista, incluyendo esas partes que han quedado implícitas en el discurso:

      Los interlocutores de una discusión no deben falsamente atribuir premisas inexpresas a la otra parte ni negar responsabilidad por las propias premisas inexpresas.

      Una diferencia de opinión no puede resolverse si el protagonista trata de evadir su obligación de defender una de sus premisas inexpresas o si el antagonista falsea una premisa inexpresa del protagonista, por ejemplo exagerando su alcance. Si la diferencia de opinión ha de resolverse, el protagonista debe aceptar su responsabilidad por los elementos que ha dejado implícitos en el discurso; y a la hora de reconstruir, como parte de la discusión crítica, lo que el protagonista ha dejado inexpreso, el antagonista debe tratar de determinar con la mayor exactitud de que sea capaz aquello de que el protagonista puede hacerse responsable.

      La Regla de Validez (regla 7) está diseñada para asegurarnos de que, si un protagonista razona explícitamente para resolver una diferencia de opinión, entonces use solamente razonamientos que sean válidos en sentido lógico:

      El razonamiento que en una argumentación se presenta de una manera explícita y completa no debe ser lógicamente inválido en sentido lógico.

      Solamente es posible que los antagonistas y protagonistas determinen si los puntos de vista que se defienden en un discurso de hecho se siguen lógicamente de la argumentación que se plantea cuando el razonamiento que se usa en la argumentación de hecho se verbaliza en su totalidad. Si no se han expresado verbalmente todas las partes del razonamiento, entonces se requiere una reconstrucción de las premisas inexpresas cuando se analiza el discurso o texto argumentativo.

      Finalmente, la Regla de Esquemas Argumentales (regla 8) está diseñada para asegurarnos de que, si la corrección de la argumentación no puede decidirse por razones puramente formales, el protagonista y el antagonista se pongan de acuerdo en un método pragmático para verificar la corrección de la argumentación. Respondiendo a las preguntas críticas apropiadas a cada esquema, ellos intentan averiguar si el punto de vista de que se trata ha sido de hecho defendido conclusivamente:

      Los puntos de vista no pueden tomarse como defendidos conclusivamente si la defensa no ocurre mediante esquemas argumentales apropiados que se aplican correctamente.

      Una diferencia de opinión se puede resolver solamente si antagonista y protagonista se ponen de acuerdo en cómo determinar si el protagonista ha adoptado esquemas argumentales apropiados y los ha aplicado correctamente. Esto implica que ambos deben examinar cuáles esquemas argumentales se están usando, si son admisibles a la luz de lo que explícita o implícitamente se acordó en la etapa de apertura, y si se desplegaron correctamente en la etapa de argumentación.

      4. Conclusión

      En este artículo he indicado las maneras en las que la lógica como estudio de la validez formal de formas argumentativas juega un papel en la teoría de la argumentación; y lo he hecho indicando el papel que juega en los métodos pragma-dialéctico