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Covid-19 y derechos humanos


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y Pierre DARDOT (2013), La nueva razón del mundo: ensayo sobre la sociedad neoliberal, Barcelona, Gedisa.

      MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS (2020), “Medidas del Estado argentino para la protección de los derechos humanos durante la pandemia de la Covid-19”, Subsecretaría de Protección y Enlace Internacional en Derechos Humanos.

      NINO, Carlos (1984), Ética y derechos humanos: un ensayo de fundamentación, Buenos Aires, Astrea.

      ONU (2020a), “Covid-19 en Argentina: impacto socioeconómico y ambiental”. Disponible en www.onu.org.ar.

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      RAMONET, Ignacio (2020), “Coronavirus: la pandemia y el sistema-mundo”, IADE. Disponible en www.iade.org.ar.

      RIVERA LÓPEZ, Eduardo, Federico ABAL, Romina REKERS, Felicitas HOLZER, Irene MELAMED, Diana SALMÚN, Laura BELLI, Sol TERLIZZI, Marcelo ALEGRE, Alahí BIANCHINI e Ignacio MASTROLEO (2020), “Propuesta para la elaboración de un protocolo de triaje en el contexto de la pandemia de Covid-19”, Revista de Bioética y Derecho, vol. 50.

      SANTOS, Boaventura de Sousa (2020), La cruel pedagogía del virus, Buenos Aires, Clacso.

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      – (2011), Responsibility for Justice, Oxford University Press.

      * Las opiniones e información ofrecidas en este artículo no intentan reflejar las de las instituciones a las cuales se encuentra afiliado el autor.

      1. Sin perjuicio de advertir que tampoco se puede estrictamente hablar de la “ciencia médica” como si se tratase de un tribunal unánime e inapelable.

      2. En este punto los estudios sobre las políticas de las diferencias de, por ejemplo, Iris Young (1996) y Nancy Fraser (2008) son imprescindibles para pensar las implicaciones del principio universal de los derechos humanos en el contexto de las políticas sanitarias durante la pandemia.

      3. Este principio es útil, por ejemplo, para evaluar el pago de la Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) a gerentes de grandes compañías.

      4. Según la OMS, la salud es un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades.

PRIMERA PARTE Miradas generales sobre la pandemia, las políticas sanitarias y la recesión económica

      2. Interdependencia e indivisibilidad de los derechos humanos: una nueva mirada frente a la Covid-19

      Flávia Piovesan y Mariela Morales Antoniazzi

      La Covid-19 y sus efectos negativos en la garantía de los derechos humanos se revelan a nivel global en cualquier faceta de la condición humana. Es incuestionable, por tanto, la reafirmación de los derechos humanos, que “son universales, indivisibles e interdependientes, están relacionados entre sí y se refuerzan mutuamente para la creación o reconstrucción de sociedades resilientes, inclusivas, justas y pacíficas”, como lo declara en julio de 2020 la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU) con ocasión del 75º aniversario de la organización (A/HRCÇ/44/L.17/Rev. 1) (Consejo de Derechos Humanos, Naciones Unidas, 2020).

      El presente análisis propone repensar y reevaluar los principios de indivisibilidad e interdependencia de los derechos a la luz del nuevo desafío emergente para la vigencia de todos los derechos humanos frente a la pandemia. Ello implica, por una parte, un ejercicio de dogmática jurídica reinterpretativa y, por la otra, un enfoque innovador e interdisciplinario que contribuya a comprender el alcance de una crisis multidimensional, multinivel y con multiplicidad de consecuencias devastadoras en todas las esferas de la vida, y, en particular, con repercusiones desproporcionadas en las personas y los grupos en situación de vulnerabilidad. Como lo afirma el secretario general de la ONU, el virus no discrimina, pero sus impactos sí (Guterres, 2020).

      Se trata de un momento histórico en el que la normativa vigente en tiempos de normalidad está sometida a escrutinio (Milano, 2020). La situación actual representa una llamada de atención y un recordatorio sobre la necesidad de garantizar los derechos y el acceso a los servicios básicos para toda la población cuando no se está en tiempos de emergencia, pues solo bajo esa condición se puede garantizar su protección durante una emergencia (Schenkan, 2020). La Covid-19 es un test para las sociedades, los gobiernos, las comunidades y los propios individuos en cuanto el respeto de los derechos humanos en todo su espectro será fundamental para el éxito de la respuesta de salud pública y la recuperación de la pandemia, como lo destaca la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la ONU.

      En la comunidad de praxis de los derechos humanos (Bogdandy y Urueña, 2020) hay convergencia en identificar que la crisis de la pandemia pone de relieve una vez más el carácter indivisible e interdependiente de los derechos humanos (Human Rights Center, 2020; CETIM, 2020). Asimismo, se constata un acuerdo en instar a los Estados a que las medidas adoptadas que puedan afectar o restringir el goce y ejercicio de derechos humanos deben cumplir los principios de temporalidad, legalidad, razonabilidad, necesariedad, proporcionalidad, al igual que los objetivos definidos conforme con criterios científicos, en aras de cumplir los principios del Estado de derecho y la democracia.

      El argumento que se sostiene en este análisis consiste en afirmar que la pandemia ha generado una interpretación reforzada “a la inversa” de la interdependencia e indivisibilidad de los derechos humanos en la medida en que la salvaguarda de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (DESCA) requiere la garantía de los derechos civiles y políticos, no solo a la inversa (Piovesan y Morales Antoniazzi, 2020). En la lectura tradicional se invocaba frecuentemente la interdependencia e indivisibilidad para justificar la justiciabilidad directa de los DESCA en función de la necesidad de la misma garantía que los derechos civiles y políticos.

      Frente a la pandemia, esta nueva mirada interpretativa de la interdependencia e indivisibilidad rige para la protección de los DESCA (salud, agua, educación, trabajo), para también garantizar los derechos civiles y políticos (libertad de expresión, acceso a la información, garantías judiciales). El carácter reforzado deviene de la dimensión de la interseccionalidad y, en consecuencia, de la urgencia dentro de la emergencia de atender a las personas y los grupos en situación de vulnerabilidad.

      El artículo dialoga con la base teórica del ius constitutionale commune en derechos humanos emergente para enfrentar la pandemia en clave de los pronunciamientos de los órganos de derechos humanos de la ONU y las Américas, al igual que la normativa nacional, que muestran la tendencia a definir la lucha contra la Covid-19 como una batalla por los derechos humanos y configuran un ius commune con los estándares establecidos.

      El argumento de la interpretación reforzada “a la inversa” se presenta en tres pasos, partiendo del método bibliográfico. Primero, se exponen ambos principios en el punto de partida pre-Covid-19 de la Declaración Universal y los instrumentos regionales de América Latina. Segundo, se aborda la nueva lectura de estos principios enfatizando la interpretación a la inversa frente a la Covid-19 en razón de los estándares